viernes, 16 de diciembre de 2022

Tierras del cura D. Pedro Pasqual. Año de 1791(1)

 

  Don Pedro Pasqual Pasqual era hijo de Santiago Pasqual y de Cecilia Pasqual. Nieto paterno de Pedro Pasqual y de Josefa Bueno, ambos vecinos de Montamarta. Nieto materno de Juan Pasqual y María Álvarez. El cura Don Pedro Pasqual falleció en el año 1813 a los 56 años.

   Ante el Alcalde ordinario de Villarrín comparecieron Ángel Gómez y Manuel Calvo, vecinos de esta villa para efecto de exponer lo que resultó de la división y partición de tierras, que asociados de otros expertos mutuamente nombrados por las partes interesadas, hicieron el día veinte y dos de febrero del año mil setecientos ochenta y siete; y de los susodichos a presencia del Procurador Sindico General, tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz en forma de derecho, que la hicieron según se requiere, y bajo de él prometieron decir verdad en cuanto supiera y les fuere preguntado, y siéndoles con arreglo al pedimento presentado por Don Pedro Pasqual, presbítero de esta vecindad, que les fue manifestado y leído, por ante mi el escribano. Declararon: Que de las dos terceras partes de tierras que fueron repartidas y adjudicadas al antedicho Don Pedro Pasqual, de las tres de la heredad que correspondían a Cecilia Pasqual, su madre, dentro del término de esta villa y sus inmediaciones,  por legítima herencia de ésta;  la una tercera parte está libre y exenta de toda carga y pensión mayor y menor; y consiste en las piezas de tierra siguiente = Una al término de esta villa do llaman Sapera, que hace siete fanegas y un celemín; linda al oriente con tierra que llaman del vínculo de Velasco; al mediodía con el prado de Sapera; al poniente con tierra del patronato del Cristo de la Granja; y al norte con tierra del monasterio de Moreruela.

  Otra tierra en el mismo término a do llaman el prado de la Vega que hace seis fanegas y dos celemines, linda al oriente con el camino de Zamora; al mediodía con tierra de Lucas Gómez, vecino de Manganeses; al poniente con regato que baja a la vega; y al norte con la dicha vega.

  Otra tierra a Ceripas en el citado término que hace siete fanegas y tres celemines, linda al oriente con tierra de herederos de Juan Pasqual, vecino que fue de Benegiles; al mediodía lo mismo; al poniente con el valle de Valdefé; y al norte con tierra de la capellanía que llaman del Cerero.

 Otra tierra en el expresado término do llaman Valdefé que hace seis fanegas y cuatro celemines, linda al oriente con valle de Valdefé; al mediodía lo propio; al poniente también con dicho valle; y al norte con otra tierra del mismo don Pedro Pasqual

 Otra tierra en el mencionado término de esta villa do dicen los Valles de Villares que hace dos fanegas y tres celemines, linda al oriente con tierra que dicen del vínculo de Calzada; al mediodía con regato de los Valles; al poniente con tierra de herederos de Don Francisco Álvarez; y al norte tierra de la iglesia de esta villa.

  Otra tierra en dicho término a la Fuente de Villares que hace ocho fanegas y linda al oriente con con camino que va de esta villa a la de Pajares; al mediodía  con el prado de Valdiente; al poniente con tierra de herederos de Juan Pasqual y al norte con otra del citado Don Pedro Pasqual.

 Otra tierra en el mismo término al prado de Gradareo que hace tres fanegas y cuatro celemines que linda al oriente con tierra de Don Mathías Gómez, presbítero; al mediodía y poniente con Raya de Manganeses y al norte con el prado de Gradareo.

 Otra tierra en término de la dehesa de Muélledes do llaman Casa Vieja que hace cinco fanegas y un celemín, linda al oriente con el prado de la dehesa; al mediodía herreñal del obispo de Astorga; al poniente tierra de San Gerónimo de Zamora; y al norte con el regato de Fuensalgada.

 Otra término de esta mencionada villa do llaman el Riego que hace ocho fanegas y linda al oriente con Raya de Otero; al mediodía con el prado del Riego; a poniente con otra tierra del mismo Don Pedro Pasqual; y al norte con tierra de herederos de Juan Félix Torre.

 Otra tierra en el mismo término a la Senda de los Molinos que hace tres fanegas y cinco celemines, linda al oriente con tierra de herederos de Catalina Pasqual ; al mediodía tierra del Patrimonio de Don Lorenzo Pasqual, presbítero; al poniente con otra de herederos de Juan Félix Torre; y al norte tierra de herederos de Josef Bueno.

 Otra tierra en el nominado término do llaman el Pico, que hace seis fanegas y linda al oriente con tierra de la capellanía del Cerero; al mediodía con la Senda de los Molinos; al poniente con otra tierra del mismo Don Pedro Pasqual; y al norte tierra del monasterio de Moreruela.

 Otra tierra en el referido término a la Presa de Villalba que hace seis fanegas y dos celemines, linda al oriente y norte con tierra de herederos de Don Francisco Álvarez; al mediodía con Raya de Villalba; y al poniente con tierra de la Iglesia de esta villa.

 Continúa

 Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

viernes, 2 de diciembre de 2022

EL TOQUE DE CAMPANAS DECLARADO POR LA UNESCO BIEN INMATERIAL DE LA HUMANIDAD (30/11/2022)

 

El 30 de noviembre de 2022, la Decimoséptima Reunión del Comité Intergubernamental para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO aprobó por unanimidad la candidadatura presentada por España y promovida por Hispania Nostra, Campaners d’Albaida, y el Museu Internacional del Toc Manual de Campanes, MitMac, en nombre y representación de todos los campaneros y campaneras de España, siendo inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO.

 La Opinión-El Correo de Zamora, 1/11/2022

Los campaneros zamoranos, más animados por la declaración de Patrimonio de la Humanidad de la Unesco

El presidente de los campaneros zamoranos, Antonio Ballesteros, cree que este reconocimiento da “más ánimos” a la asociación para seguir conservando y difundiendo este saber, pero también “facilitará la llegada de más ayudas institucionales” para ellos y el resto de asociaciones de campaneros que existen en España.

 El 21 de abril de 2018 campanarios de toda España sonaron a las 12 del mediodía para pedir esta declaración de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, entre ellos los de multitud de iglesias de toda la provincia de Zamora. Los campaneros zamoranos se volcaron en esta jornada e incluso volvieron a llenar de vida el campanario de la iglesia de Otero de Sariegos, el último pueblo de Zamora que ha quedado despoblado, junto a las Lagunas de Villafáfila.

Y es que la cultura de los campaneros está íntimamente ligada al medio rural, por eso con la despoblación corre peligro de desaparecer. Eso es lo que quiere evitar –y lo está consiguiendo– la Asociación de Campaneros de Zamora, que aglutina a 150 miembros de distintas localidades de la provincia, entre ellos medio centenar de niños que están aprendiendo los distintos toques en la Escuela de Campaneros de Zamora que promueve la asociación para transmitir este patrimonio etnográfico a las nuevas generaciones.

 Desde que comenzara su actividad, esta asociación ha ido ganando reconocimiento público en la provincia de Zamora y en los últimos años han tenido que manejar una agenda muy ajetreada, ya que muchos pueblos requieren su participación en las fiestas para que hagan una exhibición de toques manuales, normalmente antes de la misa en honor al patrón.

Como sucede con todo el patrimonio cultural, existen variedades regionales en el modo de tocar las campanas, cada zona tiene su estilo particular. En Valencia, por ejemplo, se lleva el volteo, mientras que en Zamora se solía practicar el toque manual.

En la actualidad perviven en España más de 30 modos diferentes de toque manual de campanas, un lenguaje sonoro que se ha mantenido a lo largo de los siglos como un medio de comunicación comunitario. Con un amplio repertorio de formas y técnicas, tanto en el ámbito religioso como en el civil, los toques de campana han regulado multitud de aspectos de la vida festiva, ritual, laboral y cotidiana en todo el territorio español.

 



El Ministerio de Cultura explicaba ayer que la protección de este lenguaje por la Unesco supone poner en valor y asegurar la continuidad de esta tradición común, compartida entre los diversos pueblos de España. Además, contribuye a proteger unos sistemas de comunicación, casi siempre únicos, al borde de la extinción por la falta de campaneros, figura fundamental para salvaguardar esta práctica ancestral.

 


 

jueves, 1 de diciembre de 2022

CONTRIBUCIÓN DE REALES TRIBUTOS. Año de 1790

 

  Sépase que nos la Justicia Regimiento Procurador Sindico General, y demás capitulares de que se compone el Ayuntamiento de esta villa de Villarrín de Campos, estando juntos, y congregados en su Sala Consistorial, como lo tienen de costumbre, para tratar y conferir las cosas tocantes y concernientes al Servicio de Dios Nuestro Señor, bien y utilidad de este Común, especial y señaladamente presentes los señores Don Manuel de Calzada y Francisco de Prada, Alcaldes Ordinarios por ambos estados; Domingo Gómez, uno de los regidores; Don Francisco Javier Flórez, Procurador Sindico General; Don Manuel Álvarez, Don Manuel Flórez, Baltasar Gómez, Josef Gutiérrez, Ángel Gómez, Tomás Reguilón, Manuel Temprano, Bartolomé Gómez y Juan Toranzo, capitulares que confesamos ser la mayor y mas sana parte de los que al presente se compone este Ayuntamiento; y por los enfermos, ausentes y legitimamente ocupados que no han podido concurrir,  prestamos voz y caución en forma, de que estarán y pasarán por lo que aquí se contendrá sob expresa obligación que para ello hacemos de los bienes, rentas y efectos de esta dicha villa, y su común, presentes y futuros; y así juntos de un acuerdo y voluntad nemine discrepante decimos: Que en atención a estar mandado comparecer a hacer nuevo encabezamiento de Reales Contribuciones en la ciudad de León, en vro. de Real Orden de S.M. ( D.L.G.) desde luego para que tenga efecto, por lo que a nos toca y a nuestro de todo el común de esta villa por la presente otorgamos y damos todo nuestro poder cumplido, el que de derecho en tal caso se requiere, es necesario, mas puede y debe valer a los expresados Señores Alcalde Francisco de Prada y procurador síndico general, asociados de Manuel Rodríguez Cuerdo, otro capitular de este mismo Ayuntamiento especial para que en nombre de este común, pasen a la ciudad de León y en ella con el Sr. Administrador General de Rentas Provinciales, o persona que se halle diputada para este efecto, encabece nuevamente la contribución de Reales Tributos, por el tiempo, y en la conformidad que contemplen mas proporcionada, y equitativa a este pueblo, teniendo presente lo muy cargado que hasta ahora ha estado, su decadencia de labradores, aumento de pobres jornaleros y cortedad de medios para poder subvenir a dichas cargas, cuya rebaja es indispensable, y hasta que así se consiga, representen, supliquen y prueben cuanto fuere preciso; y en virtud de lo que pactaren y concertaren, hagan la competente escriptura de nuevo encabezamiento por el tiempo que haya cabimiento, con las seguridades y firmezas necesarias, pues el poder que para todo ello, cada una o parte, se necesita el mismo. Damos a dichos Señores Alcalde Procurador Síndico, e individuo de este Ayuntamiento, amplo, y sin ninguna limitación, con todas sus incidencias, y de pendencias, anexidades y conexidades, libre franca y general Administración, y con relevación y obligación, que para ello haremos de los bienes y efectos de este Común, de haberle por firme, y en su virtud se hiciere, obrare y ejecutare en orden a dicho nuevo encabezamiento: Y así lo otorgamos por firme ante el presente escribano ante el poderío a las justicias, renunciación de Leyes y la general en forma en esta Villa de Villarrín de Campos a diez y ocho días del mes de noviembre de mil setecientos y noventa. Siendo testigos Alonso Calvo mayor, Bernardo de la Prieta y Jorge Miñambres …...

    Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

miércoles, 23 de noviembre de 2022

BIENES DE ANTONIA POZUELO . Año de 1788 (3)

 

 La casa de habitación donde vivió y murió la difunta en el casco de esta villa al barrio que llaman de la Villa, que linda con otra de Carlos Calvo, calle del Concejo y casa de la viuda de Juan Domínguez; rebajados los novecientos reales del capital del censo a que se halla afecta, y la parte que correspondió a Bernarda Gómez, tasaron en tres mil reales.

  Item son mas caudal, ciento y sesenta reales vellón valor a una carga de trigo que adeuda Lucas Cordero, vecino de esta villa.

  Otros cien reales valor de cinco fanegas de cebada que también  adeuda Bernardo Calvo,

  Otros cien reales importe de media carga de centeno, y tres ochavas de trigo que también adeuda Martín Ballestero a este caudal.

  Veinte y siete reales que así mismo adeuda Josef Pedrero, procedidos de una fanega de centeno.

  Treinta reales que igualmente adeuda Bernardo Díez, procedidos del valor de un trillo.

  Es caudal la mitad de un pajar en el casco de esta villa, a partir con Bernarda Gómez, en doscientos y cincuenta reales.

  Unas trebedes de caldera en ocho reales.

  Dos cantiagos de fresno en dos reales.

  Diez y ocho reales que adeuda Fernando Sevilla de la renta de un pajar.

  Con lo cual dijeron y declararon dichos inventariadores y tasadores haber finalizado ésto de todos los bienes que quedaron de la mencionada Antonia Pozuelo y que no tienen nota de otros algunos y en ello han procedido con toda legalidad, bajo de su juramento en que se afirmaron, ratificaron y lo firmaron con su merced y el curador adlitem, y firmé yo el escribano =

  En la expresada villa a veinte y nueve días del mismo mes de  octubre y año de mil seteciento ochenta y ocho, el Sr D Manuel Alvarez, Alcalde ordinario de ella en vista de hallarse por ahora finalizado este inventario y tasación de todos los bienes que quedaron de Antonia Pozuelo, viuda de esta vecindad, para que haya buena cuenta y razón de ellos, por antemi el escribano los depositó en Josef Pedrero, de la propia vecindad: quien estando presente se dio por entrego de ellos, y se obligó a dar cuenta de ellos, siempre y cuando le sea mandado, pena de pagarlos de los suyos y de incurrir en las que incurren en los depositarios que no dan cuentas de los depósitos que le son encomendados; y así lo otorgó antemí, siendo testigos Domingo Gómez y Carlos Calvo, vecinos de esta villa. Y lo firmó el otorgante que doy fee lo conozco, con el expresado Sr Alcalde y firmé =.

  Mediante que por los interesados   a estos bienes y hacienda de hijos y herederos de la difunta Antonia Pozuelo, se ha representado serles útil y conveniente hacer y que se haga liquidación del caudal deudas contra él, y demás adyacente, con la posible brevedad y que cada uno lleve, y se le adjudique lo que legítimamente le corresponda, deducidas aquellas, y los gastos funerales de dicha difunta; suplicando que los inventariadores y tasadores, como hombres prácticos, inteligentes y versados en partijas lo ejecuten con asistencia del presente escribano: desde luego debía de mandar y mandó su merced el Sr Juez que conoce de este Juicio, se les haga saber y notifique que bajo del Juramento que tienen prestado para proceder al inventario y tasación, hagan con asistencia, y a la presencia del curador adlitem la mencionada liquidación, cuenta y partija de dichos bienes, y evacuada la traigan y presenten para su aprobación: pues por este auto, así lo proveyó, y firmó el Sr D Manuel Alvarez, Alcalde ordinario de esta villa de Villarrín de Campos a treinta días del mes de octubre de 1788 por antemí el escribano que doy fee =

  En la misma villa día, mes y año citados, yo el escribano teniendo a mi presencia a Baltasar Gómez y Manuel Rodríguez Cuerdo, vecinos de ella, les hice saber y notifiqué el Auto que antecede en sus personas que enterados dijeron que tan pronto van a cumplir como se les previene, doy fee =

  Igualmente hice la misma notificación a D Alonso Alvarez Garrido curador adlitem nombrado de los menores, en su persona y para que así conste lo firmó.

  En la villa de Villarrín de Campos a tres días del mes de noviembre de mil setecientos ochenta y ocho, Baltasar Gómez y Manuel Rodríguez Cuerdo, contadores nombrados por las partes interesadas para hacer esta partija de todos los bienes que quedaron por fin y muerte de Antonia Pozuelo, viuda vecina de esta villa, teniendo presente el testamento de ésta, inventario formado y otros documentos necesarios, estando presente el curador adlitem nombrado, por antemí el escribano dieron principio en la forma y manera siguiente:

  Importa la Hacienda que resulta del inventario según aparece de sus cinco sumarios mayores, siete mil ciento noventa reales vellón, salvo error.

  Primeramente, se sacan por deuda contra este caudal un mil ochocientos noventa y cuatro reales y diez y siete maravedís de vellón que se adeudan a Pasquala Gómez hija menor de la difunta, por su legítima paterna y existía esta cantidad en dicho caudal por ser curadora de la difunta.

  Item, es deuda treinta reales de vellón  que así mismo se deben a Bernardo Toranzo por una vuelta de diez ochavas de tierra, en la senara pendiente, como así lo acreditó.

  Item sesenta y cinco reales que también se adeuda a Josef Pedrero, los mismos justificó haber suplido por la difunta en el pleito que litigó con Narciso Prieto su convecino.

  Cuarenta y seis reales que igualmente se deben de dicho Pedrero por la recogedura de la senara de la difunta y un carró de paja que la dio.

  Cincuenta y ocho reales y medio vellón que en la misma forma se adeudan por réditos del censo cargado sobre la casa de la difunta.

  Diez y nueve reales que también se adeudan a Bernarda Gómez, por la renta de dos años de la panera; rebajado la parte del censo que la corresponde en los mismos dos años.

  Item son deuda contra este caudal novecientos treinta y seis reales vellón los mismos que importan todos los gastos funerales de la difunta, y legado que esta hizo a su hija menor Pasquala Gómez, regulado todo con la mayor expresión y menudencia.

  Déjanse  para satisfacer todos derechos judiciales como son Sr Alcalde, inventariadores, tasadores y contadores , curador adlitem, papel y oficio del presente escribano. Cuatrocientos y veinte reales.

  Las deudas, gastos funerales, legado y derechos judiciales, tres mil cuatrocientos sesenta y nueve reales vellón, salvo error; y separa a formar el ajuste y resumen general de esta partija para su mayor inteligencia en esta forma.

  La hacienda que resulta del inventario, según su tasación importa siete mil ciento y noventa reales. Bájanse de éstos las deudas, gastos funerales y legado hecho a Pasquala Gómez, que con los derechos judiciales montan tres mil cuatrocientos sesenta y nieve reales. Y queda reducido este caudal libre, para partir entre los cinco hijos y herederos de la difunta, a tres mil setecientos veinte y un real vellón, salvo error. De que toca a cada uno de ellos por iguales partes setecientos cuarenta y cuatro reales y seis maravedís y medio.

  Prueba: Gastos funerales y legado 936 r. Las deudas y derechos judiciales 2533 r. María promera hija, ha de haber por la materna 744 r. y 6mrv y medio. Bernarda, segunda hija, por la misma razón 744 r. y 6mrv y medio. Manuela, hija tercera, idem 744 r. y 6mrv y medio. Pasquala, hija menor idem 744 r. y 6mrv y medio. Ramón Gómez, nieto menor, idem 744 r. y 6mrv y medio. Queda probado este ajuste y resumen general según reglas de particiones, salvo error, y lo firmaron los contadores nombrados con el curador adlitem, doy fee el escribano.

  Paga de gastos funerales y legado: En la expresada villa de Villarrín a los mismos tres días de dicho mes de noviembre, año de mil setecientos ochenta y ocho, los mencionados contadores con asistencia del curador adlitem hacen pago a Josef Pedrero uno de los testamentarios de Antonia Pozuelo, viuda, de los novecientos treinta y seis reales vellón que importan los gastos funerales de ésta, y legado que mandó a su hija Pascuala Gómez; y a este fin por antemi el escribano se le adjudican los bienes y alhajas siguientes: Lo primero tres cargas de morcajo, de las cinco inventariadas en trescientos y sesenta. Item, una fanega de cebada,  de la carga y media inventariada, en diez y ocho reales. Una cerda de ceba en doscientos y veinte reales. Dos cargas y media de centeno en doscientos y setenta reales. Otras cinco fanegas de cebada en noventa reales. Quedan pagados los gastos funerales y legado de todo su importe y lleva demás dicho testamentario veinte y dos reales vellón que ha de volver a quién fuere adjudicados, salvo error; y lo firmaron los contadores con el curador adlitem, y en fee de ello yo el escribano.

  En dicha villa de Villarrín a cuatro días del mismo mes de noviembre y año de 1788, los nominados Baltasar Gómez y Manuel Rodríguez Cuerdo, contadores nombrados, prosiguiendo en esta partija de todos los bienes que quedaron por el fallecimiento de Antonia Pozuelo, viuda, con asistencia del curador adlitem hacen pago de las deudas que resultan contra ellos; igualmente de las legítimas paterna y materna, que corresponden a Pasquala Gómez, hija menor de dicha difunta, que con el legado que ésta la hizo, importa todo tres mil cuatrocientos ochenta y tres y seis maravedís vellón: para lo cual se adjudican por antemi el escribano a Narciso Prieto de esta vecindad curador nombrado de dicha Pasquala y pagador de deudas, los bienes y alhajas siguientes : Primeramente la mitad de la casa en que vivieron y murieron sus padres en el casco de esta villa y barrio que llaman de la Villa: la cual es, y se entiende, cuerpo de casa, cocina, dos cuartos dentro de ella, otro en el cuerpo de casa, a la izquierda como se entra, portal, huerto con su pozo, horno, establo, y a parte de corral, que se reduce, desde la entrada antigua de la casa, hasta el dicho huerto; cortando desde la esquina de arriba del pajar, hasta por bajo de la puerta de la panera; en los dos mil reales de su tasación: Previniéndose que en dicha mitad de casa, van cargados los novecientos reales del censo, por llevar su equivalente en mas oficinas que las correspondientes al valor de los dos mil reales. Item, la mitad de un pajar en el casco de esta villa a partir sin engaño con otro tanto que tocó por paterna a Bernarda Gómez, su hermana, en los doscientos cincuenta reales de su tasación. Item, diez ochavas de trigo sembrado que con arreglo a su tasación importan doscientos y cincuenta reales. Dos cargas de morcajo de las cinco inventariadas que según su tasación importan doscientos cuarenta reales. La espetera de la casa con sus santos, platos y demás con que se halla adornada: en catorce reales. La madera de la cama en ocho reales. Un jergón de estopa con su delantera, en treinta reales. Una sábana de lienzo en treinta y seis reales. Una colcha portuguesa en cincuenta reales. Una almilla de espolín en treinta y tres reales. Un guardapie de sempiterna azul en setenta reales. Otro de bayeta verde en treinta reales. Otro de estameña casera usado en doce reales. Una basquiña negra en treinta reales. Una mantilla nueva en treinta y tres reales. Otra de pardo en diez y seis reales. Una almilla de monfor azul en veinte y dos reales. Un dengue de bayeta escarlatinada en quince reales. Un manteo de estameña azul en veinte y cuatro reales. Un pañuelo fino de algodón en veinte reales. Una manta costalera en veinte reales. Toda la loza de la cocina en doce reales. Un pesebre de madera chico en diez reales. Unas trebedes de caldera en ocho reales. Una puerta vieja en ocho reales. Una viga de álamo en doce reales. Una cincha de caballería menor en dos reales. Doscientos y seis reales vellón que ha de cobrar de Josef Pedrero como testamentario y pagador de los gastos funerales de la difunta, por el importe del legado que corresponde a esta menor, por llevarlos abonados en la paga de dichos funerales y legado.

  Quedan pagadas ambas legítimas y legado que pertenecen a la dicha Pasquala Gómez: y así mismo las deudas de todo su importe al expresado Narciso Prieto, salvo error, y lleva demás un real y veinte siete maravedís y medio que ha de volver a quién fueren adjudicados. Y lo firmaron los contadores nombrados con el curador adlitem. Doy fee de ello yo el escribano.

  En la misma villa de Villarrín en los mencionados cuatro días del mes de noviembre y año 1788, los expresados Baltasar Gómez y Manuel Rodríguez Cuerdo, contadores nombrados para esta partija de todos los bienes que quedaron por fin y muerte de Antonia Pozuelo, viuda, prosiguiendo en ella, hacen pago a María Gómez, mujer legítima de Narciso Prieto, de esta vecindad, otra hija de la expresada difunta, de los setecientos cuarenta y cuatro reales y seis maravedís que la corresponden por la materna; y a este fin por antemi el escribano, se la adjudican para su satisfacción los bienes siguientes: Un carro herrado en doscientos reales. Dos rejas de arada en treinta y cuatro reales. Un yugo de arada en cuatro reales. Un sobeo de carro en seis reales. Una hacha de partir leña en seis reales. Un poco de madera vieja en diez y seis reales. Un peso de balanzas en diez reales. Una cesta con algunos trastos dentro en cuatro reales.

Continúa

Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

  Manuel Renau Sancho

 

  

 

 

  

martes, 15 de noviembre de 2022

JOAQUÍN ALONSO: CAMPANERO MAYOR DEL REINO LEONÉS

 

Joaquín Alonso. Campanero mayor del reino leonés

Ana Gaitero. Diario de León, 10/11/2021

 

Joaquín Alonso Martín lleva 77 años tirando del badajo. Con siete años, siendo monaguillo en su pueblo natal, Villarrín de Campos, en la provincia de Zamora, se inició en un oficio del que no se ha jubilado ni espera hacerlo mientras viva. A sus 84 años acude cada dos domingos se sube al campanario de Veguellina de Órbigo para cumplir el ritual.

En esta localidad en la que fue cartero durante varias décadas disfrutan de la rareza de que las campanas no suenen por obra y gracia de un mecanismo eléctrico, ni una grabación. Las campanas siguen vivas y el badajo animado por las manos de este hombre que convirtió su afición en escuela.

Fue en 1986, en el vecino pueblo de Villavante donde se había establecido en 1963, cuando fundó la primera escuela de campaneros. Aún conserva las autorizaciones firmadas por las madres de algunos alumnos aventajados, como es el caso de Jorge Juan Fernández, que fue uno de sus pupilos en el año 1997.

Para entrenar a los jóvenes en el toque de manual de campanas utilizaba unas latas en las que introducía unas pequeñas piedras para simular los diferentes ritmos. A continuación, pasó a utilizar las campanas para la transmisión de la sabiduría que había adquirido de niño y perfeccionado con el paso de los años y la devoción por el oficio que antiguamente se encomendaba a los sacristanes.

Joaquín Alonso difundió los secretos de las campanas de forma altruista y lo hubiera seguido haciendo, según comenta, aunque ya hace años que no toca en Villavante muy a su pesar. «No quiero que se pierdan los repiques ancestrales, ya que antes los habitantes de los pueblos conocían por el sonido que emitían las campanas, y los ritmos que se escuchaban, si tocaban por la alborada, concejo, fiesta o nube; en cambio ahora se está perdiendo esta tradición por falta de personas que enseñen los sonidos y ritmos de las campanas», explicaba el campanero a un periodista de Diario de León en agosto de 1998. Llegó a tener hasta 22 alumnos y alumnas.

Joaquín Alonso se tiene merecido, por nacimiento en Zamora y adopción en León, ser el campanero mayor del reino leonés. Y es un férreo defensor de la singularidad de este patrimonio inmaterial en las tierras leonesas y zamoranas: «La riqueza que hay de toques de campanas en Castilla y León, sobre todo en León y en Zamora no lo hay en toda España», apostilla. «En Valencia tienen el volteo», comenta. Y un aprecio popular que echa en falta por estas tierras. aunque destaca el vigor de la Escuela Itinerante de Campaneros de Zamora que difunde la labor y expande el amor por el badajo en las escuelas, pueblos y ciudades. La Diputación Provincial de Zamora ha sido aliada desde su nacimiento.

Entre sus toques preferidos destaca el de fiesta, uno de los más difíciles y que más aplausos recoge. En Veguellina hay gente que se asoma a la plaza los domingos solo para escucharlo. Alborada, para el amanecer; tente nube para las tormentas; rogativa para bendecir los campos y pedir agua; concejo, fiesta, vecera y fuego o rebato, ángelus y oración, cada momento del año y también del día tenía su toque especial. Y, por supuesto, la muerte que distingue el toque de niño, el de hombre y el de mujer.

No irá el lunes a Madrid; dice que ya no tiene edad de andar por las carreteras tantos kilómetros en el mismo día, pero vive con entusiasmo el acontecimiento que van a compartir sus paisanos de Zamora. Y con el orgullo de ser del pueblo con más arraigo en exhibición y repiques de campanas. Allí donde este hombre de tradición tiene nombre de rockero, «el Bruce Springteen de las campanas»

 

CENSO: PAGO Y REDENCIÓN. Año de 1787

 

  Estando en el Real Monasterio de Nuestra Señora de Moreruela, orden de  nuestro padre San Bernardo a veinte y seis días del mes de octubre de mil setecientos ochenta y siete, ante el R.P. Maestro Fray Atilano Martínez, abad del mismo, y a presencia de mi el escribano y testigos, compareció Don Manuel de Calzada, vecino de la villa de Villarrín de Campos, y dijo : Que siendo como es legítimo poseedor de las posesiones de los números veinte y uno, y treinta y cinco, hipotecadas entre otras, al seguro de un censo impuesto por Asensio Mielgo y consortes, vecinos que fueron de la de Villarrín de Campos, a favor de este expresado Real Monasterio, de principal de un mil setecientos treinta y cinco reales y cincuenta y dos y diez maravedís de sus réditos, a razón de tres por ciento, según la nueva Pragmática de S.M. ( D.L.G.) que pasó por testimonio de Pasqual Calvo, escribano que fue del número y Ayuntamiento de la mencionada villa de Villarrín, en los veinte y dos de noviembre del año pasado de mil seiscientos sesenta y ocho, los cuales se han pagado hasta ahora por octavas partes entre el nominado Don Manuel de Calzada, y otros llevadores de las demás hipotecas: Y deseando éste redimir la suya, lo ha solicitado; y en uso del permiso que se le ha concedido para ello, a prompto, y puso de manifiesto dos cientos veinte y dos reales de vellón que importa la octava parte del principal de dicho censo, prorrata, y dos meses de nuevo empleo en monedas de plata y calderilla corriente en estos Reinos, los cuales contó, recibió y pasó a su parte y poder dicho R.P. Maestro Abad, realmente y con efecto, a presencia de mi el escribano y testigos, de que doy fee, y como contento, satisfecho y pagado de la mencionada cantidad, dio y otorgó a favor del explicado, Don Manuel de Calzada, carta de pago y redención en forma de la octava parte de dicho censo que le correspondía: Declarando como declara que en cuanto a ella y no mas, interin no fuere redimido, y quitado todo el principal del mencionado censo, había y hubo por rota y cancelada dicha escriptura censual como si no hubiese otorgado, y por libres, y exentas las mencionadas posesiones veinte y una, y treinta y cinco, que lleva, goza y disfruta el nominado don Manuel de Calzada, a quién sus hijos, herederos y sucesores releva del citado cargo desde ahora para siempre jamás: Y a este da poder  para su cumplimiento a las justicias y jueces de su Magestad de su fuero y jurisdicción competentes ….

   Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

 

  

viernes, 4 de noviembre de 2022

ADMINISTRACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO. Año de 1886

 

  Villarrín de Campos tiene  V. 1230 habitantes. Está situado a veinte kilómetros de la villa de Villalpando y veinticinco de la estación de Coreses. Produce cereales, legumbres y vinos. Celebra la feria el último domingo de setiembre.

  Al frente del Ayuntamiento está como alcalde Manuel Bueno. El secretario Miguel Ferrero. El juez municipal Manuel Gómez. El fiscal Máximo Gómez. Y el secretario Feliciano Martín.

  El párroco Eufrasio Calvo.

  La instrucción pública es llevada a cabo por el maestro Blas Blanco Salvador y la maestra Juliana Martín.

  Como abogados figuran Manuel Gómez y Félix Maroto.

  Constructores de carros son: Beda Alonso, Agustín Calvo, Jacinto Domínguez y Alonso Rodríguez.

  Como confitero está Silverio Rodríguez.

  Estanquero es Matías Alonso.

  Farmacéutico es Dario Piñeiro.

  Herreros y cerrajeros son Pedro Fernández y Miguel Pedrero.

  Médicos son Eulogio de Diego y Francisco Palacios Sánchez.

  Notario es Marcial Gómez.

  Quincalla son Francisco Robleda e hijos.

  Tejidos son Santos Martín y Francisco Robleda e hijos.

  Ultramarinos es Santos Martín.

  Veterinario es Juan Martín.

 Manuel Renau Sancho

 Datos recopilados del Anuario archivado en la Biblioteca Nacional de España.

 

 

lunes, 24 de octubre de 2022

S.M. VENDE BIENES DE LA COFRADÍA DE LAS ÁNIMAS. Año de 1807 (I)

 

En la villa de Villarrín de Campos a tres días del mes de febrero año de mil ochocientos y siete, Ante mi el escribano y testigos, el Señor  Don Luís Ojero Manrique, Juez subdelegado para la Enajenación de bienes raíces pertenecientes a Obras Pías de esta villa y otros pueblos según contiene el Real Decreto de diez y nueve de septiembre de mil setecientos noventa y ocho. Dijo: Que en su obedecimiento y cumplimiento y a virtud de lo prevenido por las posteriores soberanas resoluciones y artículos del último reglamento de veinte y uno de octubre de mil y ochocientos, a los que su merced se remite formo expediente a testimonio del presente escribano en diez y seis días del mes de agosto del año pasado de mil ochocientos y seis para la enajenación de las heredades que pertenecían a la Cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en esta villa y en los términos de ella, y en su eficacia previas las diligencias de nombramiento de peritos, aceptación y juramento que éstos prestaron de ejecutar bien y fielmente la tasación y deslinde de dichas heredades, se verificó así, y el que hicieron, según aparece de ella, con sus situaciones, cabidas y linderos es en la manera que sigue=

  Primeramente una tierra en término de esta villa a do dicen los Llaganos y Laguna Blanca, de cabida de dos fanegas; linda con tierra de Domingo Gómez, vecino de esta villa, por dos partes y con pradera del Concejo y tierras de la Fábrica de ella..

  Otra al camino de Toro, hace dos fanegas; linda con tierra de las monjas de Santa Sofía de Toro, con otra de la Capellanía del Cerero y con dicho camino de Toro.

  Otra tierra a do llaman el Prado de Valcarú, hace cinco fanegas; linda con tierras de la Encomienda de de San Juan de Rubiales, por dos partes, otra del monasterio de Moreruela y dicho prado.

  Otra tierra a la senda de Ceripas, hace media fanega; linda con Prado de la Vega, tierra de Juan Gómez y dicha senda por dos partes.

  Otra tierra por dentro de la senda de Ceripas; linda con tierra del Aniversario de Antonio Cordero, con otra de los herederos de Don Juan Albarez, otra de la Cofradía del Rosario y otra de Don Josef Albarez.

  Otra a do llaman el Tastornadero hace tres fanegas y media; linda con tierra de Juan Gómez, por dos partes; con el valle que baja de la laguna de Ceripas y con la senda a la Lagartera que linda con senda de Ceripas al medidía, con tierra de Francisco Hernández, vecino de Moreruela, y valle que baja de Villares.

  Otra tierra a do llaman los Caminicos, hace dos fanegas; linda con tierra del Aniversario de Francisco Cordero, quiñón de Falornia y senda de Fuente la Peña por dos partes.

  Otra a do llaman la Reguera que hace fanega y media; linda con tierra de la Fábrica de esta villa, otra de Domingo Gómez y por dos partes con Capellanía de San Lorenzo de Villafáfila.

  Otra al camino de Pajares, hace dos fanegas y media, linda con tierra de Gerónimo Gómez, otra del vínculo de Velasco y por dos partes el dicho camino.

  Y en obsequio a lo prevenido en el citado reglamento ultimamente formado, se procedió a la fijación de edictos en los cuales se expresaba el importe en venta y renta de todas las heredades de esta Cofradía, y habiendo sido el de venta tres mil seiscientos cincuenta reales, se verificó el remate en veinte y nueve de septiembre de dicho año próximo pasado, día en que se previno de esta suerte.

  En la villa de Villarrín de Campos a veinte nueve días del mes de septiembre, año de mil ochocientos y seis, estando su merced y yo el escribano en las Casas Consistoriales con el Procurador Síndico General yMayordomo de la Confradía de Animas, sita en ellas, se hizo publicación de las fincas que tiene; y por Baltasar Rodríguez, vecino de la misma, se hizo postura en dos mil y quinientos reales, y aunque se volvieron a publicar, varias veces, no hubo otro postor y se remataron conforme a derecho en dicho Baltasar en la cantidad dicha. Firmó su merced con el procurador, postor y mayordomo. Y firmé yo el escribano. Siendo testigos Baltasar, Manuel y Pedro Gómez de este vecindario, doy fee = Don Luís Ojero Manrrique = Josef Albarez = Manuel Alonso = Baltasar Rodríguez = Antemi Máximo Mazo González = En vista de él además actuado se dirigía el expediente de Mandato de su Merced al señor Intendente de la Ciudad de León para su aprobación, y habiéndose así ejecutado se verificó en esta forma =

  Apruebo el remate celebrado en este expediente de las heredades que de él constan pertenecientes a la Cofradía de las Ánimas de Villarrín de Campos a favor de Baltasar Rodríguez, vecino de Villarrín, por dos mil y quinientos reales en metálico; señaló treinta días para el cuarteo y tómese la razón de dicho remate. León, once de octubre de mil ochocientos y seis. Jacinto Lorenzana = Tómese la razón Sierra = Se verificó la fijación de edictos en los términos que preceptúa la anterior aprobación. Y como no hubo quién mejorase la postura de Baltasar Rodríguez mando su merced el Señor sobdelegado sacar el correspondiente testimonio, bien instruido y relacionado y que se hiciese saber a Baltasar Rodríguez, de esta vecindad, le recogiese y pusiese en Caja de Consolidación de Bales de la Ciudad de León, el importe en que se le remató esta heredad; y habiendo recogido dicho testimonio presentó el recibo que a la letra dice así =

 ( Continúa )

 Protocolo Notarial del escribano Máximo Mazo conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

 

sábado, 15 de octubre de 2022

EDGARDO ERNESTO RIVERA CHICAS: nuevo párroco de Villarrín de Campos

 



(fotografía: diócesisdezamora.es)


La Diócesis de Zamora  crea las comunidades misioneras parroquiales para intentar dar respuesta a las nuevas necesidades de “atención pastoral y con el objetivo de atender a las diferentes poblaciones. Esta figura, que “se irá revisando paulatinamente”, implica que algunos sacerdotes combinen la atención de parroquias del medio rural y del urbano.  Desde la Diócesis de Zamora indican dan este paso por “los fallecimientos, las jubilaciones y la salida de sacerdotes a tierras de misión en el tercer mundo” que exigen “nuevas y creativas soluciones que optimicen los procesos y procuren mejores resultados pastorales” explican fuentes diocesanas.  (La Opinión-El Correo, 18/7/2022)

 De acuerdo con estos considerandos , el obispado efectuó una serie de nombramientos de sacerdotes, siendo asignadas  las parroquias de Villarrín de Campos, Granja de Moreruela, Manganeses de la Lampreana, Otero de Sariegos, Riego del Camino, y Villalba de la Lampreana que tendrán como párroco a Edgardo Ernesto Rivera Chicas, ayudado por los vicarios Francisco Ortega Vicente Rodríguez, sacerdote incardinado en Zamora y Santiago Martín Cañizares, quien se une como vicario a la unidad de Acción Pastoral de Morales del Vino.

Se determinan-según esta distribución- tres puntos geográficos centrales: Villafáfila, Villarrín y la unidad pastoral de  Morales del Vino, que integran 21 parroquias, regidos por los anteriores sacerdotes, subrayando la figura del “vicario” (que implica una colaboración mutua, en la actividad pastoral referida a la zona anteriormente indicada)

 Biografía abreviada del nuevo párroco de Villarrín de Campos

Natural de Chalatenango, cabecera del Departamento de El Salvador, cerca de la frontera con Honduras.

Su formación sacerdotal la realizó en Costa Rica, completando estudios teológicos en su país y derecho canónico en Salamanca.

Manifestó a las autoridades religiosas de su nación el deseo de venir a España, para ejercer como sacerdote en aquellos lugares donde la escasez de curas es manifiesta, para desarrollar labores en las comunidades misioneras en nuestra nación.

Ha realizado funciones sacerdotales en su país, completadas con actividades relacionadas  con  la pastoral juvenil.

Ha ejercido como sacerdote en el barrio de Churdínaga (Bilbao) con el actual obispo. 

Objetivos del nuevo sacerdote

Edgardo tomó posesión de la parroquia de Villarrín el 1/10/2022.

Se plantea como objetivo básico reintentar insertarse en el pueblo, conocer a sus feligreses, empatizar con su vida, cultura; ir al encuentro de las personas y colaborar con ellos de forma personalizada, atendiendo a sus propios problemas.

 Nuestros deseos

EDGARDO, mucho éxito en tu labor sacerdotal en Villarrín. BIENVENIDO a nuestra tierra de Campos.

 Manuel Renau y Francisco Trancón ofrecen su colaboración a través de este BLOG.

Villarrín de Campos, 15 de octubre de 2022

 

miércoles, 12 de octubre de 2022

GANADO PRENDIDO POR PASTAR EN LA DEHESA. Año de 1789

 

    En la villa de Villarrín de Campos a treinta días del mes de junio de mil setecientos ochenta y nueve, Ante mi el escribano y  testigos infraescriptos, pareció presente Tomás Aliste, vecino de ella, y dijo: Que habiéndose prendido por los arrendatarios de la Dehesa de San Esteban de Muelledes de esta jurisdicción diferentes ganados del dominio de Don Antonio de Calzada, vecino de la villa de Otero de Sariegos, que se hallaron pastando en la mencionada dehesa, y tienen retenidos y depositados el día de hoy en esta mencionada villa, sobre cuyo asunto presentó cierto escripto el nominado Don Antonio para que se le entregasen bajo de fianza y por auto asesorado de veinte y seis de este mismo mes que se le hizo saber en este día, se estimó así, mandándosele fuese extensiva dicha fianza de estar a derecho en lo juzgado y sentenciado y bajo de ella le fuesen entregadas las reses prendadas, para que tenga efecto lo susodicho desde luego por la presente y su tenor, en la mejor vía y forma que haya lugar en derecho, otorga, que se obliga con su persona y bienes raíces, presentes y futuros, a que el expresado Don Antonio de Calzada estará a derecho y justicia en la causa que el mismo ha suscitado a dichos arrendatarios, y pagará lo que contra él fuere juzgado y sentenciado en ella, y en su defecto lo hará el otorgante como tal su fiador, haciendo como para este caso hace, deuda y negocio ajeno ajeno suyo propio; y quiere y consiente que sin hacer excursión de bienes, ni otra diligencia alguna, la condenación, que en la sentencia o auto definitivo se hiciere contra el relacionado Calzada, sea y se entienda con el otorgante: Y para su cumplimiento … y dio poder a las justicias y jueces de S.M. competentes de su fuero, que de la causa conforme a derecho puedan y deban conocer, recibe la presente por fuerza de sentencia pasada en juzgado, y renuncia todas leyes y derechos de su favor con la general en forma; Y así lo otorgó por firme ante mi el escribano, siendo testigos Francisco Juárez,  Alonso Rodríguez y y Francisco López, vecinos de esta villa, y el otorgante que doy fee conozco, no lo firmó por no saber y a su ruego lo hizo uno de dichos testigos, y firmé =




   Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho