En la villa de Villarrín de Campos a
cuatro días del mes de febrero de mil
ochocientos y siete, Antemi el escribano y testigos el Señor Don Luis Ojero
Manrique Juez subdelegado para la enajenación de bienes raices pertenecientes a
obras Pías en este y otros pueblos, según se contiene el Real decreto de diez y
nueve de septiembre de mil setecientos noventa y ocho. Dijo: Que en su
ejecución y cumplimiento y a virtud de lo prevenido por las Posteriores Reales
resoluciones y Artículos del último reglamento de veinte y uno de octubre mil
ochocientos, a los que su merced se remite, formó expediente por testimonio del
presente escribano en trece días del mes de agosto del año pasado de mil
ochocientos seis para la enajenación de las heredades que pertenecían a la
Cofradía de la Vera Cruz sita en esta villa y en los términos de ella, y en su
eficacia previas las diligencias de su nombramiento de peritos, aceptación y
Juramento que éstos hicieron de ejecutar bien y fielmente la tasación y
deslinde de dichas heredades, se verificó así y el que hicieron , según resulta
de ella con sus situaciones, cabidas y linderos es así:
Primeramente, una tierra a do dicen el camino de Otero, que linda al
oriente tierra de Domingo Gómez por dos partes con el valle que baja a la
Salina y con dicho camino.
Otra tierra a do llaman las Cabañas hace tres celemines, linda con
tierra del Aniversario que goza Matías Calvo, al mediodía tierra de la
Capellanía del Cerero y otra de Nuestra Señora del Rosario.
Otra tierra a do llaman la senda del Riego; hace dos fanegas y media,
linda con tierra del Monasterio de Moreruela por dos partes, con otra de San
Juan de Rubiales y senda del Riego.
Otra a do dicen las Rosas, hace cuatro fanegas, linda con tierras de
Pasquala Bueno, Manuel Gómez, hospital y con pradera de la Rosa.
Otra a do dicen la regata de la Quemada, hace doce fanegas, linda con tierra
del Monasterio de Moreruela, con otra del convento de Santo Domingo de
Benavente y con sendero y regata que va de Otero a Villalba.
Otra tierra al camino de Aspariegos hace dos fanegas; linda con tierra
del Marqués de Jodar, del Monasterio de Moreruela y tierra de la Capellanía del
Cerero y otra del hospital.
Otra al camino de Villalba, hace cuatro fanegas; linda con senda que va
a Valcarú, dicho camino, tierra de San Juan de Rubiales y prado de Valcarú.
Otra a regato de la Vega, hace seis
fanegas; linda con tierra de Manuel Albarez, vecino de Fuentes de Malba, con
regato de dicha Vega, tierra de las monjas y otra del aniversario de Roque
Cordero.
Otra tierra en el regato de la Vega que hace dos fanegas y media; linda
con tierra de herederos de Lucas Gómez, vecino de Manganeses, , camino de
Zamora y tierra del Cristo de esta villa.
Otra tierra al camino Colorado, hace doce fanegas; linda con camino,
regato que va a Villares, tierra de la Capellanía del Cerero y otro regato que
baja a la laguna de Ceripas.
Otra a do dicen la Paiosa de Villares, hace dos fanegas y media; linda
con tierra de las monjas de Villalpando, tierra de la Capellanía del Cerero y
dicha laguna.
Otra a la senda de Ceripas, hace nueve celemines; linda con tierra de
Manuel Andrés, otra del Cerero y dicha senda.
Otra por cima de Falornia, hace una fanega; linda con tierra del
Arzobispo de Santiago, otra de San Juan de Rubiales y senda que va para
Pozuelos.
Otra al bajo de las Viñas que hace una ochava; linda con tierra de Josef
Cuerdo, vecino de Benegiles, senda que baja a Barregas y tierra del monasterio
de Moreruela. Y en atención a lo prevenido en el último Reglamento formado, se
fijaron los edictos correspondientes con toda expresión significando el importe
en venta y renta de todas las heredades de esta Cofradía, habiendo sido el de
aquella de ocho mil setecientos reales de vellón y previniendo en dichos
edictos el remate pa el veinte y nueve de septiembre del año próximo
pasado que se verificó y a la letra dice
así: En la villa de Villarrín de Campos a veinte y nueve del mes de septiembre
año de mil ochocientos y seis, estando su merced el Sr. Subdelegado con mi
asistencia como escribano de la comisión y del Procurador Síndico General y
Mayordomo de la Cruz en las Casas Consistoriales, se hizo publicación de las
heredades pertenecientes a dicha Cofradía de la Cruz, y por Manuel Gómez de
este vecindario, se hizo postura en cinco mil ochocientos y diez reales de
vellón, en la conformidad que están deslindadas y declaradas, lo que se
protestó por el Procurador General de esta villa, cuya protesta le fue admitida
por su merced, sin perjuicio del estado y naturaleza de la Causa, y por Pedro
Gómez, de la misma vecindad, se pujó hasta la cantidad de seis mil ochocientos
y diez reales de vellón. En la misma conformidad de deslindes y cabidas, dicho
Manuel las volvió a pujar hasta la cantidad de siete mil reales vellón, según
van hechas las demás pujas. Por el repetido Pedro se hizo nueva postura hasta
la cantidad de siete mil setecientos y diez reales vellón, y el glosado Manuel
hizo postura hasta la cantidad de ocho mil reales vellón y enseguida mediante a
que no hubo más postor aunque se publicaron una dos y tres veces se le dio el
buen provecho y remataron en él. En la conformidad expresada lo firmó su merced
el Procurador Síndico Principal, Mayordomo que representa y yo el escribano de
la Comisión doy fee = Fueron testigos Pedro, Gaspar y Lucas Gómez = Don Luis
Ojero Manrique = Josef Albarez = Manuel Ferreras = Manuel Gómez = Antemí Máximo
Mazo González = Y en vista de dicho remate y demás actuado, se remitió el
Expediente al Sr. Intendente de la Ciudad de León para su aprobación y del
remate que tuvo efecto en esta forma =
Apruebo el remate celebrado en este expediente de las heredades que de
él constan pertenecientes a la Cofradía de la Vera Cruz, sita en Villarrín de
Campos, a favor de Manuel Gómez, de aquella vecindad, por ocho mil reales en
metálico. Señaló treinta días para el cuarteo y tome de la razón de dicho
remate. León once de octubre de mil ochocientos seis = Jacinto Lorenzana = Tomé
la razón Sierra = Se verificó la correspondientes fijación de edictos para el
cuarteo. Y habiéndose pasado el término de los treinta días sin que hubiese
postor que mejorase, la aprobada mandó su merced sacar el correspondiente
testimonio con la relación necesaria y que se notificase a Manuel Gómez de esta
vecindad que recogiéndole, pusiese en Caja de Consolidación de Vales de la
Ciudad de León el importe en que se le remató esta heredad y habiéndolo hecho
así presento recibo que a la letra es como le sigue =
Atención de Vales Reales año de mil
0chocientos y siete, Comisión principal de León como comisionados
principales de la Comisión Gubernativa de la Consilición de Vales Reales y Caja
de Estinción y Descuentos en esta ciudad y pueblos del distritos que nos está
señalado. Recibimos de Manuel Gómez, vecino de Villarrín de Campos, ocho mil
reales vellón, cuya cantidad es precedente del precio líquido en que quedaron
rematados, a su favor, los bienes que pertenecían a la Cofradía de la Vera
Cruz, sita en dicho Villarrín de Campos, según el testimonio que acompaña del
que resulta igualmente estar aprobado el remate por el Sr. Intendente en once
de octubre de mil ochocientos y seis, y de dicha cantidad nos dejamos hecho el
correspondiente cargo en la cuenta del corriente año, y de este recibo ha de
tomarse la razón por el Sr. Contador General de dicha Comisión Gubernativa, con
la cual se elevará a carta de pago formal con arreglo a la Real Cédula de
veinte y uno de octubre de mil ochocientos, y servirá para el otorgamiento de
la correspondiente Escriptura de
imposición a favor de dicha obra pía en
conformidad de lo prevenido en la dicha Real Cédula y Real Pragmática Sanción
de treinta de agosto del mismo año. León, treinta y uno de enero de mil
ochocientos y siete. Son ocho mil reales
= Pedro ...de Tejada = hijo = V.B. Manrique =
(Continúa)
Manuel Renau Sancho
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