domingo, 24 de julio de 2022

DEHESA QUE PASÓ DE UN CONDE A OTRO CONDE, año de 1797

 

    En la villa de Villarrín de Campos de catorce días del mes de diciembre de mil setecientos noventa y siete, ante mi el escribano y testigos infraescritos, parecieron presentes Don Francisco Javier Flórez, Manuel Rodríguez Cuerdo, Gerónimo Toranzo, Juan de la Fuente mayor, Manuel Rodríguez Toranzo, Ramón de la Fuente, Baltasar de Barrio, Gaspar Gómez, Luís Toranzo, Santiago Gómez,  Domingo Ferrero, Manuel Pozuelo, Joaquín Gutiérrez, Ángel Domínguez, Baltasar Prieto,  Manuel de Barrio, Miguel Ramos, Bernardo Penedo, Lucas Cordero, Tomás Aliste, Josef Ferreras, Bernardo de la Prieta, Ángel Pozuelo, Luís de la Fuente, Miguel Calvo, Diego de la Torre, Don Alonso Álvarez, Gerónimo Alonso, Pedro Carneros, Baltasar Rodríguez, Domingo de Barcia, Bartolomé Alonso, Agustín Calvo, Alonso Gómez Bueno, Don Bernardo Álvarez, Matheo Miñambres, Mathías del Pozo, Juan de la Fuente menor, Gregorio Vallessero, Simón Calvo, Don Josef Álvarez, Juan de Nestal, Alonso Gómez Blanco, Juan Antonio Carneros, Francisco de la Fuente, Bernardo Alonso Remesal, Josef Ramos, Baltasar Calvo, Alonso Sevilla, Marcelo Prieto, Manuel Ramos, Juan Revanales, Francisco Prieto, Mathías Alonso, Isidro Miñambres, Rodrigo de la Prieta mayor, Narciso Calvo, Alonso Rodríguez, Gerónimo Gómez, Ángel Gómez Bueno, Nicolás Domínguez, Francisco Gómez, Joaquín Gómez, Alonso Reguilón menor, Antonio del Estal, Pedro Toranzo,  Francisco Juárez mayor, Juan Mielgo, Jacinto Fernández, Manuel Calvo, Don Antonio Álvarez, Luís Alonso, Manuel Revanales, Atilano Calvo, Miguel Rodríguez, Andrés Rodríguez, Josef Calvo, Santiago de Barcia, Benito de Barcia, Antonio Prieto, Don Manuel Flórez, Alonso Vega, Gaspar Ferreras, Lázaro de la Vega, Manuel Ferreras, Manuel de la Prieta, Francisco Cuerdo, Juan Garzón, Cayetano Quadrado, Tomás Gómez, Francisco Calvo, Felipe Calordo, Isidro de Prada, Ángel de Barcia, Juan Tomás García, Manuel Vaquero, Bernardo Ramos, Ángel Vidal, Pedro Calvo García, Juan Antonio Martín, Amaro Vaquero, Juan Fernández, Francisco Domínguez y Francisco Juárez menor. Todos vecinos de ella y dijeron:

  Que en el año pasado de mil setecientos setenta y tres, esta villa Concejo y vecinos, pusieron acción y demanda a Felipe de Castro y Benito Rubio, vecinos del lugar de Pozo Antiguo, Jurisdicción de la ciudad de Toro, con otros socios arrendatarios de la Dehesa de San Esteban de Muélledes, de esta Jurisdicción, que a la sazón era propia y peculiar del Excelentísimo Señor Conde de Maceda Fuente del Sauco, y Taboada Marqués de Jodar; y ahora del Excelentísimo Señor Conde de Salvatierra Marqués de esta villa: Sobre preferencia en el citado arriendo y habiendo conseguido este común, después de una larga contienda, se declarase a su favor la mencionada preferencia a otros cualesquiera arrendatarios, mediante las poderosas razones que expuso, con una relevante prueba de la necesidad que tenía de sus pastos y aramio; y fueron expelidos los que la llevaban en virtud de la Real Provisión de S.M. y señores de su Real y Supremo Consejo de Castilla, con que fueron requeridos: Sucedió el caso de entrarse a por ir y gozar, bajo los pastos y condiciones anteriores, por algunos vecinos labradores de esta enumerada villa, no transzones endose el arriendo a todo el Consejo como era regular, en fuerza de varias capitulaciones  que se hicieron, las cuales no han cumplido hasta ahora en gravísimo perjuicio de éste; y no siendo justo que la … continuada por el dilatado tiempo, mayormente cuando por  Reales órdenes que las dehesas se repartan a proporción de sus labranzas entre los vecinos de los pueblos mas inmediatos que las puedan obtener … la presente …  por hallarse dentro de la Jurisdicción de esta villa para que todos ellos, sin excepción, sean partícipes de aquel vene… con que se se aumenta la agricultura tan recomendada por el Soberano. Otorgan que dan todo su poder cumplido el que de derecho en tal se requiere, es necesario,  mas puede y debe valer a Don Juan Lorenzo de Calzada, Josef Carneros y Manuel Andrés, también de esta vecindad, a todos tres juntos y a cada uno insolidum, con clausula expresa  de sustitución  especial para que en su nombre y representando la voz de todo este común, puedan parecer y parezcan ante el Rey Nuestro Señor D.I.G. y sus Reales tribunales donde competa, y haciendo presente y manifiesto cuanto va relacionado, y el abuso con que se ha procedido desde el expresado año pasado de mil setecientos setenta y tres hasta el presente inclusive, en no haberse repartido entre todo este vecindario como debía, atendiendo a la preferencia en el arriendo, a cualesquiera otros particulares, por haberlo así litigado, y ganado en juicio contradictorio este Común : Pidan cese el actual arriendo, hecho por algunos particulares, otorgándose otro de nuevo; extensivo a todo el vecindario, entre quienes se reparta la insinuada dehesa, a proporción, por la suma necesaria que de ella tiene; sin alteración ni mutación en el precio y cantidad anual que hasta aquí se ha pagado y paga al Excelentísimo Señor Conde de Salvatierra Marqués de Jodar, su dueño y hasta que así se declare, presenten pedimentos, memoriales y súplicas, hagan requerimientos, protestas, contradicciones ...

    Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

  

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