sábado, 25 de mayo de 2019

HERIDO EN EL MELONAR (Villarrín de Campos, 1784)



En la villa de Villarrín de Campos a veinticinco días del mes de octubre de 1784, ante mí el escribano y testigos infraescritos pareció presente Juan Domínguez vecino de ella y dijo: que mediante se está procediendo criminalmente en este juzgado contra las personas de Bartolomé Alonso, Juan Antonio Carneros, Andrés Calvo y Francisco Tapioles, vecino, naturales y residente en esta villa. Sobre imputárseles haber herido y maltratado a Miguel Martín, de esta misma vecindad la noche del día 28 de agosto de este presente año estando custodiando un melonar que le pertenecia por propio dentro de este término; y habiendóseles puesto en prisión les está concedida la soltura bajo la competente fianza; en cuya verdad y para que tenga efecto lo susodicho, en la mejor vía y forma, que mas haya lugar en derecho, se constituye el otorgante por fiador de los mencionados Bartolomé Alonso, Juan Antonio Carneros, Andrés Calvo y Francisco Tapioles; y en su consecuencia se obligaba y obligó con su persona y bienes muebles, raices presentes y futuros a que siempre y cuando que por el señor juez que de dicha causa conoce, u otro que lo fuere competente, le fuere mandado volver y restituir en calidad de presos a los susodichos según hoy se hallan lo ejecutará con la debida prontitud, y no lo haciendo pagará lo que contra ellos fuere juzgado y sentenciado, para lo cual hace deuda y negocio ajeno suyo propio, y renuncia cualquiera beneficio que le sufrague y la Ley Sancimus Cod de fide jusoribus, respecto desde ahora para cuando llegue el caso, hace allanamiento a satisfacer por si cualquiera condenación que por la sentencia se hiciere contra los nominados Bartolomé Alonso y consortes: Y para su cumplimiento da poder a las justicias y jueces de S.M. competentes de su fuero que de la causa conforme a derecho puedan y deban conocer, recibe la presente por fuerza de sentencia pasada por juzgado, y renuncia a todas leyes y derechos de su favor con la general en forma, y así lo otorgo por firme ante mi dicho escribano, siendo testigos Pasqual Calvo, Manuel de la Prieta y Alonso Rodríguez vecinos de esta referida villa. Y  el otorgante que doy fe conozco, lo firmó y firmé Ante mi Antonio Carriegos


El documento original se encuentra en el Archivo Histórico de Zamora. Sección Protocolos Notariales.
Transcripción de Manuel Renau Sancho.

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