En la villa de Villarrín
de Campos a veinticinco días del mes de octubre de 1784, ante mí el escribano y
testigos infraescritos pareció presente Juan Domínguez vecino de ella y dijo:
que mediante se está procediendo criminalmente en este juzgado contra las
personas de Bartolomé Alonso, Juan Antonio Carneros, Andrés Calvo y Francisco
Tapioles, vecino, naturales y residente en esta villa. Sobre imputárseles haber
herido y maltratado a Miguel Martín, de esta misma vecindad la noche del día 28
de agosto de este presente año estando custodiando un melonar que le pertenecia
por propio dentro de este término; y habiendóseles puesto en prisión les está
concedida la soltura bajo la competente fianza; en cuya verdad y para que tenga
efecto lo susodicho, en la mejor vía y forma, que mas haya lugar en derecho, se
constituye el otorgante por fiador de los mencionados Bartolomé Alonso, Juan
Antonio Carneros, Andrés Calvo y Francisco Tapioles; y en su consecuencia se
obligaba y obligó con su persona y bienes muebles, raices presentes y futuros a
que siempre y cuando que por el señor juez que de dicha causa conoce, u otro
que lo fuere competente, le fuere mandado volver y restituir en calidad de
presos a los susodichos según hoy se hallan lo ejecutará con la debida
prontitud, y no lo haciendo pagará lo que contra ellos fuere juzgado y
sentenciado, para lo cual hace deuda y negocio ajeno suyo propio, y renuncia
cualquiera beneficio que le sufrague y la Ley Sancimus Cod de fide jusoribus,
respecto desde ahora para cuando llegue el caso, hace allanamiento a satisfacer
por si cualquiera condenación que por la sentencia se hiciere contra los
nominados Bartolomé Alonso y consortes: Y para su cumplimiento da poder a las
justicias y jueces de S.M. competentes de su fuero que de la causa conforme a
derecho puedan y deban conocer, recibe la presente por fuerza de sentencia
pasada por juzgado, y renuncia a todas leyes y derechos de su favor con la
general en forma, y así lo otorgo por firme ante mi dicho escribano, siendo
testigos Pasqual Calvo, Manuel de la Prieta y Alonso Rodríguez vecinos de esta
referida villa. Y el otorgante que doy
fe conozco, lo firmó y firmé Ante mi Antonio Carriegos
El documento original se encuentra en el Archivo Histórico de
Zamora. Sección Protocolos Notariales.
Transcripción
de Manuel Renau Sancho.
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