Inventario partija y
división de todos los bienes que quedaron por fin y muerte de Josef Cuerdo. Año
1787. (06)
Hijuela de Manuel Cuerdo .
Los
contadores hacen pago a Manuel Cuerdo uno de los hijos y herederos de dicho
difunto, y en su nombre a Antonia Temprano su madre, tutora y curadora de los
3592 r. y 28 mv. y una cuarta parte de otro, que le corresponden por legítima
paterna y a este fin por antemi el Ssno. se le adjudican los bienes siguientes:
Primeramente una cortina para forraje en el casco de esta villa y barrio nuevo
que llaman de la Cruz, cercada de tapia, de cabida de una ochava poco mas o
menos, que linda con tierra del arzobispo de Santiago, calle del concejo y casa
de Pasqual Escudero en 550 r. Dos cargas de tierra sembradas de trigo a 16 ducados
cada una son 352 r. Dos cerdos de cria en 16 r. Dos fanegas de garbanzos en 120
r. Seis libras de longaniza a 4 r. son 24 r. Cuatro libras de morcilla a 2 r.
son 8 r. Tres arrobas de tocino a 3 r libra son 225 r. Un escaño camero en 22
r. Mas toda la talavera del cuarto de la cocina en 44 r. Un colchón en 60 r.
Una sábana de estopilla en 36 r. Un paño de manos en 12 r. Diez varas de lienzo
en 60 r. Una carpeta chica en 4 r. Una colcha portuguesa en 40 r. Dos cortinas
de indiana en 30 r. Una pila redonda de piedra en 22 r. Una potra mamona en 150
r. Dos pesebres de madera a 22 r. cada uno. Cinco carros de paja en 100 r. Una
pollina mamona en 50 r. Un trillo en 36 r. Otro viejo y alguna madera en 26 r.
Siete costales en 102 r. Tres viendas, dos trasgas y tres tornaderas en 20 r.
Un azadón en 4 r. Un par de cornales en 8 r. Otro par mas usadas en en 6 r. Una
chupa de rizo azul en 18 r. Un jubón de espolín en 4 r. Un poco de madera vieja
en seis. Unas alforjas caseras en 30 r. Dos cargas de centeno sembrado a doce
ducados son 264 r. Tres cargas de cebada también sembrada a 8 ducados son 264
r. Cuarenta carros de abono en 100 r. Una vaca llamada la Almendra en 480 r. Un
jergón de estopa en 24 r. Una mesa chica en 12 r. Una banquilla sin asiento en2
r. Se le agregan 220 r. que ha de cobrar Manuel Rodríguez Toranzo por haberlos
quedado debiendo al difunto como consta de un vale, por el valor de Cinco
fanegas de trigo y una de garbanzos, son 220 r. Queda pagado dicho menor y su
madre y curadora en su nombre de todo lo ha de haber y lleva además un real y 6
mv. que ha de volver a quien fueron adjudicados salvo error y lo firmaron los
contadores nombrados con el curador adlitem y en fee de ello yo el escribano.
Hijuela de María Manjela Cuerdo. Los contadores hacen pago a María Manuela Cuerdo uno de los hijos menores del citado difunto y en su nombre a Antonia Temprano , madre y tutora de los 3592 r. y 28 mv. y una cuarta parte de otro que la corresponden por legítima y herencia del expresado su padre y a este fin por antemi el ssno. se la adjudican los bienes y alhajas siguientes: Una madera de cama de haya en 16 r. Un jergón con su delantera en 36 r. Un friso de indiana en 8 r. Una sábana de estopa nueva en 32 r. Otra de estopilla usada en 30 r. Dos almohadas y una delantera en 22 r.Una manta peluda en 30 r. Un cobertor atablerado en 36 r. Una colcha portuguesa en 44 r. Un guardapie de bayeta azul en 55 r. Otro de estameña verde con flanja 55 r. Dos guardapie de espolín en 130 r. Una almilla de seda nueva en 90 r. Un dengue de paño de damas con encaje de plata en 70 r. Un mantilla de bayeta blanca en 18 r. Un mandil de tafetán doble en 40 r. Cuatro camisas de mujer en 80 r. Un aderezo de cruz y pendientes de plata con piedras verdes en 60 r. Seis servilletas a cuatro reales cada una. Dos mesas de manteles en 32 r. Un pollino cerril bueno en 200 r. Una potra careta en 430 r. Un buey llamado el Parrado en 950 r. Dos cerdos mamones a 8 r. cada uno. Doce gallinas y un gallo en 54 r. Un escaño camero en 18 r. Una banca de tabla en 8 r. Una tenaja con su tapadera en 10 r. Un carretón de niño en 2 r. La talavera del basal del cjerpo de casa en 6 r. Tres canteros a 1 r. cada uno. Seis cuadros de marcos negros a 2'5 r. cada uno. Otro con marco dorado en 40 r. Una estampa con su media caña en 4 r. Un cazo chico de azofar en 4 r. Unas trévedes y dos parrillas en 20 r. Toda la talavera de la alacena de la sala en 44 r. Una carpeta con flueco en 36 r. Toda la loza de la cocina en 8 r. Tres cargas y media de trigo a 32 r. fanega son 448 r. Dos cargas y media de centeno a 22 r. fanega son 220 r. Una carga de cebada a 20 r. fanega son 80 r. Se is libras de longaniza a 4 r. cada u na. Diez libras de morcilla a 2 r. cada una. Se la adjudican 16 r. que adeuda Bartolomé Gómez de una sepultura que debió satisfacer al difunto como mayordomo que fue de la fábrica de esta villa. 12 r. que también cobrará de Ángel Gómez por haberlos quedado debiendo por otra sepultura que debió pagar a dicho difunto. Queda pagada la dicha menor y en su nombre la referida su madre y tutora de todo su ha de haber, y lleva demás 3 r. y 6 mv. que ha de volver a quien fueren adjudicados, salvo error, y lo firmaron los contadores nombrados con el curador ad litem y en fee de ello doy fee yo el ssno.
Hijuela de Estefanía Cuerdo. Los contadores hacen pago a Estefanía Cuerdo una de las hijas menores de Josef Cuerdo difunto, y en su nombre a Antonia Temprano su madre y tutora los 3592 r. 28 mv. y una parte de otro que la corresponden por legítima y herencia de su padre, y a este fin , por ante mi el ssno. se la adjudican los bienes siguientes: Lo primero 500 r. que corresponden a la dicha su madre en la casa donde vivió y murió Diego Temprano abuelo materno de la expresada menor, atendiendo a estar satisfecha del todo de sus dotales la mencionada Antonia Temprano, y por lo mismo no tuvo cabimiento la adjudicación de esta partida en su hijuela y se transfiere a la de su hija. Un jergón bueno en 60 r. Otra a media usa en 30 r. Una sábana de lienzo y cinco de estopilla en 216 r. Dos servilletas en pieza a 7 r. cada uno.Una almilla de espolín en 16 r. Un mandil de sarga de dos anchos en 20 r. Una carpeta usada en 15 r. Un guardapie de sempiterna en 24 r. Una cruz de plata con piedras en 20 r. Dos manteos de niña en 14 r. Una mantilla de empañar en 8 r. Un buey llamado el Calvo en 320 r. Una vaca llamada la Barbera en 400 r.Tres cerdos mamones en 24 r. Once gallinas y un gallo en 46 r. Tres cargas y media de trigo aa 32 r. fg son 448 r. Tres cargas de centeno a 22 r. fg. son 264 r. Una carga de cebada a 20 r. fg son 800 r. Cuatro fg de garbanzos a 60 r. cada una. Ocho libras de longaniza a 4 r. una. Ocho libras de morcilla a 2 r. libra. Tres cuadros con marcos dorado son 42 r. Otro también de marco dorado en 20 r. Otro con marco negro y tres relicarios en 10 r. Una cortina de indiana en 30 r. Un escaño camero en 22 r. Un escañil de dos pies en 10 r. Docena y media de platosy tres fuentes en 22 r. Una arca vieja en 8 r. Un cabezal viejo en 8 r. Toda la talavera del basal en 12 r. Un frasco grande y dos pequeños en 10 r.Todas las estampas del cuarto de la cocina en 8 r. Una tenaja y varias ollas en 10 r. Un asador chico y un badil en 5 r.Dos candiles en 3 r. Dos pesebres de madera en 44 r. Otro grande y mejor en 30 r. Otro en 26 r. Veinte libras de untaza a 3 r. cada una.Dos costales medianos en 40 r. Otro mejor en 24 r. Otros tres muy usados en 30 r. Una quilma de estopa en 8 r.Una azada de valladar en 10 r.La herrada del pozo con su cadena en 11 r. Cinco carros de paja a 20 r. cada uno. Un escriño en 3 r. Tres cabezadas de cáñamo a real cada uno. 24 r. y 17 mv. que ha de cobrar de Inés Cuerdo, su hermana, y sus curadores en su nombre por llevarlos demás en la paga de su hijuela. 148 r. que también cobrara de su madre y tutora Antonia Temprano, por llevarlos de mas en la paga de sus dotales. 1 r. y 6 mv. que así mismo cobrará de su hermano Manuel Cuerdo por llevarlos de mas en la paga de su hijuela. 3 r. 6 mv. que también cobrara de su hermana Manuela Cuerdo por llevarlos de mas en la paga de su hijuela. Queda pagada la dicha menor y en su nombre la expresada su madre y tutora de todo su ha de haber , salvo error, y los firmaron los contadores nombrados con el curador adlitem y en fee de ello yo el escribano.
En Villarrín de Campos a 31 de enero de 1787 ante el señor Tomás Reguilón alcalde ordinario de ella se presentó la cuenta partija y división de todos los bienes que quedaron por el fallecimiento de Josef Cuerdo hecha por los contadores nombrados con asistencia del curador ad litem de sus hijos menores, que es la que antecede: y por su merced vista por antemi el ssno. dijo debía de dar y dio traslado de ella a los interesados para que dentro del término de nueve días, digan y reclamen de error es y agravios lo que tengan por conveniente con apencimiento que pasado y no lo hacen , se pasará a su aprobación ,pues por este auto que su merced firmó así lo proveyó de que doy fee. Firman Thomás Reguilón y Antonio Carriegos.
Yo el ssno. teniendo en mi presencia Manuel Pasqual y Manuel Álvarez vecinos de Aspariegos Fuentes Secas tutores y curadores de la persona y bienes de Inés Cuerdo Pasqual una de las hijas y herederos que quedaron por fin y muerte de Josef Cuerdo, les hice saber y notifiqué el traslado que les esta conferido en sus personas, que lo oyeron y entendieron doy fee.
Inmediatamente hice igual notificación a Antonia Temprano viuda, madre, tutora y curadora de Manuel, María Manuela y Estefanía Cuerdo sus hijos menores y que la quedaron de Josef Cuerdo su difunto marido en su persona que lo oyó doy fee.
El señor Thomás Reguilón alcalde ordinario por antemi el ssno. único de este número y ayuntamiento dijo: que mediante ser pasado el término concedido a los interesados y herederos de los bienes que quedaron por el fallecimiento de Josef Cuerdo , para que dentro de él dijesen y reclamasen de errores y agravios contra la partija y división que se halla hecha por los contadores nombrados, y no haberlo ejecutado hasta ahora; la debía de declarar y declaró su merced por buena y bien hecha, y que por ella se esté y pase en todo tiempo, pena de Veinte ducados aplicados según derecho, dándose a dichos interesados los traslados, o testimonios que hubieren menester, pues desde luego para su mayor validación firmeza, interponía e interpuso su merced, su autorización ordinaria en decreto judicial cuanto puede y ha lugar en derecho, y lo firmó y firmé, en fee de ello.
Yo el escribano teniendo en mi presencia a Antonia Temprano, viuda de Josef Cuerdo, tutora y curadora de los hijos menores de la susodicha , y que la quedaron del citado difunto marido: e igualmente a Manuel Pasqual y Manuel Álvarez, que también lo son de Inés Cuerdo Pasqual, otra hija del insinuado difunto y de Micaela Pascual su primera mujer; les hice saber y notifiqué el auto de aprobación que antecede en sus personas, que lo oyeron y entendieron , doy fee. Firma Carriegos.
Hijuela de María Manjela Cuerdo. Los contadores hacen pago a María Manuela Cuerdo uno de los hijos menores del citado difunto y en su nombre a Antonia Temprano , madre y tutora de los 3592 r. y 28 mv. y una cuarta parte de otro que la corresponden por legítima y herencia del expresado su padre y a este fin por antemi el ssno. se la adjudican los bienes y alhajas siguientes: Una madera de cama de haya en 16 r. Un jergón con su delantera en 36 r. Un friso de indiana en 8 r. Una sábana de estopa nueva en 32 r. Otra de estopilla usada en 30 r. Dos almohadas y una delantera en 22 r.Una manta peluda en 30 r. Un cobertor atablerado en 36 r. Una colcha portuguesa en 44 r. Un guardapie de bayeta azul en 55 r. Otro de estameña verde con flanja 55 r. Dos guardapie de espolín en 130 r. Una almilla de seda nueva en 90 r. Un dengue de paño de damas con encaje de plata en 70 r. Un mantilla de bayeta blanca en 18 r. Un mandil de tafetán doble en 40 r. Cuatro camisas de mujer en 80 r. Un aderezo de cruz y pendientes de plata con piedras verdes en 60 r. Seis servilletas a cuatro reales cada una. Dos mesas de manteles en 32 r. Un pollino cerril bueno en 200 r. Una potra careta en 430 r. Un buey llamado el Parrado en 950 r. Dos cerdos mamones a 8 r. cada uno. Doce gallinas y un gallo en 54 r. Un escaño camero en 18 r. Una banca de tabla en 8 r. Una tenaja con su tapadera en 10 r. Un carretón de niño en 2 r. La talavera del basal del cjerpo de casa en 6 r. Tres canteros a 1 r. cada uno. Seis cuadros de marcos negros a 2'5 r. cada uno. Otro con marco dorado en 40 r. Una estampa con su media caña en 4 r. Un cazo chico de azofar en 4 r. Unas trévedes y dos parrillas en 20 r. Toda la talavera de la alacena de la sala en 44 r. Una carpeta con flueco en 36 r. Toda la loza de la cocina en 8 r. Tres cargas y media de trigo a 32 r. fanega son 448 r. Dos cargas y media de centeno a 22 r. fanega son 220 r. Una carga de cebada a 20 r. fanega son 80 r. Se is libras de longaniza a 4 r. cada u na. Diez libras de morcilla a 2 r. cada una. Se la adjudican 16 r. que adeuda Bartolomé Gómez de una sepultura que debió satisfacer al difunto como mayordomo que fue de la fábrica de esta villa. 12 r. que también cobrará de Ángel Gómez por haberlos quedado debiendo por otra sepultura que debió pagar a dicho difunto. Queda pagada la dicha menor y en su nombre la referida su madre y tutora de todo su ha de haber, y lleva demás 3 r. y 6 mv. que ha de volver a quien fueren adjudicados, salvo error, y lo firmaron los contadores nombrados con el curador ad litem y en fee de ello doy fee yo el ssno.
Hijuela de Estefanía Cuerdo. Los contadores hacen pago a Estefanía Cuerdo una de las hijas menores de Josef Cuerdo difunto, y en su nombre a Antonia Temprano su madre y tutora los 3592 r. 28 mv. y una parte de otro que la corresponden por legítima y herencia de su padre, y a este fin , por ante mi el ssno. se la adjudican los bienes siguientes: Lo primero 500 r. que corresponden a la dicha su madre en la casa donde vivió y murió Diego Temprano abuelo materno de la expresada menor, atendiendo a estar satisfecha del todo de sus dotales la mencionada Antonia Temprano, y por lo mismo no tuvo cabimiento la adjudicación de esta partida en su hijuela y se transfiere a la de su hija. Un jergón bueno en 60 r. Otra a media usa en 30 r. Una sábana de lienzo y cinco de estopilla en 216 r. Dos servilletas en pieza a 7 r. cada uno.Una almilla de espolín en 16 r. Un mandil de sarga de dos anchos en 20 r. Una carpeta usada en 15 r. Un guardapie de sempiterna en 24 r. Una cruz de plata con piedras en 20 r. Dos manteos de niña en 14 r. Una mantilla de empañar en 8 r. Un buey llamado el Calvo en 320 r. Una vaca llamada la Barbera en 400 r.Tres cerdos mamones en 24 r. Once gallinas y un gallo en 46 r. Tres cargas y media de trigo aa 32 r. fg son 448 r. Tres cargas de centeno a 22 r. fg. son 264 r. Una carga de cebada a 20 r. fg son 800 r. Cuatro fg de garbanzos a 60 r. cada una. Ocho libras de longaniza a 4 r. una. Ocho libras de morcilla a 2 r. libra. Tres cuadros con marcos dorado son 42 r. Otro también de marco dorado en 20 r. Otro con marco negro y tres relicarios en 10 r. Una cortina de indiana en 30 r. Un escaño camero en 22 r. Un escañil de dos pies en 10 r. Docena y media de platosy tres fuentes en 22 r. Una arca vieja en 8 r. Un cabezal viejo en 8 r. Toda la talavera del basal en 12 r. Un frasco grande y dos pequeños en 10 r.Todas las estampas del cuarto de la cocina en 8 r. Una tenaja y varias ollas en 10 r. Un asador chico y un badil en 5 r.Dos candiles en 3 r. Dos pesebres de madera en 44 r. Otro grande y mejor en 30 r. Otro en 26 r. Veinte libras de untaza a 3 r. cada una.Dos costales medianos en 40 r. Otro mejor en 24 r. Otros tres muy usados en 30 r. Una quilma de estopa en 8 r.Una azada de valladar en 10 r.La herrada del pozo con su cadena en 11 r. Cinco carros de paja a 20 r. cada uno. Un escriño en 3 r. Tres cabezadas de cáñamo a real cada uno. 24 r. y 17 mv. que ha de cobrar de Inés Cuerdo, su hermana, y sus curadores en su nombre por llevarlos demás en la paga de su hijuela. 148 r. que también cobrara de su madre y tutora Antonia Temprano, por llevarlos de mas en la paga de sus dotales. 1 r. y 6 mv. que así mismo cobrará de su hermano Manuel Cuerdo por llevarlos de mas en la paga de su hijuela. 3 r. 6 mv. que también cobrara de su hermana Manuela Cuerdo por llevarlos de mas en la paga de su hijuela. Queda pagada la dicha menor y en su nombre la expresada su madre y tutora de todo su ha de haber , salvo error, y los firmaron los contadores nombrados con el curador adlitem y en fee de ello yo el escribano.
En Villarrín de Campos a 31 de enero de 1787 ante el señor Tomás Reguilón alcalde ordinario de ella se presentó la cuenta partija y división de todos los bienes que quedaron por el fallecimiento de Josef Cuerdo hecha por los contadores nombrados con asistencia del curador ad litem de sus hijos menores, que es la que antecede: y por su merced vista por antemi el ssno. dijo debía de dar y dio traslado de ella a los interesados para que dentro del término de nueve días, digan y reclamen de error es y agravios lo que tengan por conveniente con apencimiento que pasado y no lo hacen , se pasará a su aprobación ,pues por este auto que su merced firmó así lo proveyó de que doy fee. Firman Thomás Reguilón y Antonio Carriegos.
Yo el ssno. teniendo en mi presencia Manuel Pasqual y Manuel Álvarez vecinos de Aspariegos Fuentes Secas tutores y curadores de la persona y bienes de Inés Cuerdo Pasqual una de las hijas y herederos que quedaron por fin y muerte de Josef Cuerdo, les hice saber y notifiqué el traslado que les esta conferido en sus personas, que lo oyeron y entendieron doy fee.
Inmediatamente hice igual notificación a Antonia Temprano viuda, madre, tutora y curadora de Manuel, María Manuela y Estefanía Cuerdo sus hijos menores y que la quedaron de Josef Cuerdo su difunto marido en su persona que lo oyó doy fee.
El señor Thomás Reguilón alcalde ordinario por antemi el ssno. único de este número y ayuntamiento dijo: que mediante ser pasado el término concedido a los interesados y herederos de los bienes que quedaron por el fallecimiento de Josef Cuerdo , para que dentro de él dijesen y reclamasen de errores y agravios contra la partija y división que se halla hecha por los contadores nombrados, y no haberlo ejecutado hasta ahora; la debía de declarar y declaró su merced por buena y bien hecha, y que por ella se esté y pase en todo tiempo, pena de Veinte ducados aplicados según derecho, dándose a dichos interesados los traslados, o testimonios que hubieren menester, pues desde luego para su mayor validación firmeza, interponía e interpuso su merced, su autorización ordinaria en decreto judicial cuanto puede y ha lugar en derecho, y lo firmó y firmé, en fee de ello.
Yo el escribano teniendo en mi presencia a Antonia Temprano, viuda de Josef Cuerdo, tutora y curadora de los hijos menores de la susodicha , y que la quedaron del citado difunto marido: e igualmente a Manuel Pasqual y Manuel Álvarez, que también lo son de Inés Cuerdo Pasqual, otra hija del insinuado difunto y de Micaela Pascual su primera mujer; les hice saber y notifiqué el auto de aprobación que antecede en sus personas, que lo oyeron y entendieron , doy fee. Firma Carriegos.
El documento original se
encuentra en el Archivo Histórico Provincial de Zamora. Sección Protocolos
Notariales.
Transcripción de Manuel
Renau Sancho.
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