sábado, 4 de junio de 2022

HIJUELA DE DOÑA MARÍA ÁLVAREZ. Año de 1799

 

  Luego inmediatamente, el mismo Sr. Alcalde asistido de Don Francisco Javier Flórez, Manuel Rodríguez Cuerdo y Josef Carneros expertos nombrados para el justiprecio, liquidación y entrega de bienes y alhajas con que se ha de satisfacer los cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro reales y diecisiete maravedís de vellón que monta la hijuela de Doña María Álvarez, mujer legítima de Antonio Vallecillo. Con el asocio de mi el escribano se pasó a la casa de Don Bernardo Álvarez, hermano mayor y curador que lo ha sido de la insinuada Doña María, y habiéndole encontrado en ella le requirió su merced pusiese de manifiesto los bienes y alhajas que obtiene en su poder pertenecientes al ha de haber de la citada su hermana, u otras equivalentes de la misma especie, para su justiprecio y adjudicación, bajo la responsabilidad de daños y perjuicios; y habiendo obedecido prontamente tasaron, regularon y adjudicaron los siguientes:

  Lo primero dos cuartos de casa descubiertos en el casco de esta villa que lindan con otra de Alonso Calvo y calles del Concejo en doscientos veinte reales.

  Item unos suelos de casa de horno inmediatos a la mencionada casa tasados en cuarenta reales.

  Un buey llamado el Pájaro en cuatrocientos veinte reales.

  Un novillo de dos a tres años en trescientos reales.

  Un pollino de tres años en doscientos y veinte reales.

  Una cortina para forraje a las Eras Grandes y linda a la redonda con campo del Concejo en cuatrocientos reales.

  Diez cargas y media de tierra sembrada de trigo que a razón de veinte ducados cada una importan dos mil trescientos diez reales.

  Otras tres cargas y fanega y media de tierra sembrada de cebada a razón de trece ducados carga que suman cuatrocientos setenta y nueve reales.

  Un carro herrado en doscientos y diez reales.

  Cinco pesebres de madera en ciento veinte y cinco reales.

  Una pila de piedra quebrada en seis reales.

  Dos trillos con sus cambos en ochenta reales.

  Dos viendas en cinco reales.

  Una sábana de lienzo y una colcha en ciento y ocho reales.

  Una madera de cama torneada con su cordeladura en treinta y seis reales.

  Un jergón de estopa con su delantera de indiana en cuarenta y ocho reales.

  Una manta nueva de Palencia en sesenta reales.

  Otra sábana de estopilla en cuarenta reales.

  Y en este estado la parte del antedicho Don Bernardo Álvarez a presencia de su merced el referido señor Alcalde, la de los expertos nombrados y la de mi el escribano expresó al mencionado Antonio Vallecillo como conjunto de Doña María Álvarez, que también se hallaba presente, diciendo que si buenamente y por vía de recompensa de la curaduría, le dejaba la mitad de los cuatrocientos cincuenta y cuatro reales del resto de los cinco mil del importe de la hijuela: la entregaría de contado en buena moneda usual y corriente los cinco mil doscientos veinte y siete reales y diecisiete  maravedís de vellón que con otros doscientos veintisiete reales que dejaba era el total importe de dichos cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro reales y diez y siete maravedís de la hijuela; y habiendo condescendido gustoso el insinuado Vallecillo, con beneplácito de la dicha su mujer: a pronto, y puso de manifiesto la explicada cantidad en las monedas de oro y plata siguientes:

  En ocho doblones de a ocho: dos mil quinientos y sesenta reales.

  En tres de a ochenta: doscientos y cuarenta reales.

  En seis de a cuarenta: doscientos y cuarenta.

  Y en pesos duros, medios y pesetas con algún vellón: Dos mil ciento y sesenta y siete reales y diecisiete maravedís.

  Que todas dichas partidas hacen la suma de los mencionados cinco mil doscientos veinte y siete reales y diecisiete maravedís vellón, según el convenio que habían hecho y celebrado; los cuales contó y pasó a su parte y poder realmente y con efecto el memorado Antonio Vallecillo y otorgó a favor del dicho Don Bernardo Álvarez carta de pago y recibo en forma. Y lo firmó con su merced el referido Sr Alcalde y expertos nombrados, y no el Don Bernardo porque dijo ..." no saber.Y en fe de ello yo el escribano"

    Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

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