En la villa de Villarrín de Campos al día diez de junio
de mil setecientos ochenta y ocho, ante mi el escribano Antonio Carriegos y
testigos Alonso Rodríguez, Francisco López y Josef Calvo, pareció presente
Manuel Prieto vecinos de ella y dijo: Que por quanto se está procediendo
criminalmente del noble oficio de justicia contra doña María Esteban Hernández
mujer de don Mathías Álvarez de esta vecindad y demás que resulten culpados
sobre haberse encontrado en casa de éste porción de grano que no es de su
cosecha y otras cosas que más por menor aparecen de los autos; y estando a la
sazón sirviendo con dicho Don Mathías para el ministerio de la labranza Marcelo
Prieto, se le puso preso y a la citada doña María en donde permanecen más hace
de cinco semanas, y porque se halla enfermo con calentura continua el nombrado
Marcelo, despues de tomada su confesión solicitó la soltura libremente y sin
costa alguna, y cuando de ello no hubiese lugar, a lo menos bajo de fianza de
estar a derecho, lo que así se ha estimado por auto asesorado de dos del
corriente: y para que tenga efecto lo susodicho, desde luego por la presente y
suterior en la mejor vía y forma que haya lugar en derecho, otorga que se
obliga con su persona y bienes muebles raices presentes y futuros a que el
mencionado Marcelo Prieto estará a derecho y justicia en dicha causa, Sobre que
se halla preso y en caso .... comprehendido, pagará contra él fueré juzgado y
sentenciado y no lo haciendo y cumpliendo lo ejecutará este otorgante como tal
............
El original se encuentra en Protocolos Notariales:
Antonio Carriegos. Archivo Histórico Provincial de Zamora.
Transcripción de Manuel Renau Sancho.
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