lunes, 27 de marzo de 2017

PINTURA DE UNA IMAGEN DE NUESTRA SEÑORA DE LA ERMITA DE FALORNIA (1566)


Síntesis del contenido
Contrato de la pintura de una imagen de Nuestra Señora con su tabernáculo para la ermita de “Falornia” realizado en Villarrín de Campos, ante el escribano de esta villa Mateo Abad,  por el que se encarga el trabajo a  Jerónimo de Salazar  pintor, vecino de la ciudad de Astorga  (ADA, protocolos de Antonio de Ocariz, 1581)
En la villa de Villarrín de Campos a catorce días del mes de octubre de 1566 años, ante mi Mateo Abad notario escribano de esta villla y depuso e escritos estando presente Miguel Cordero de la Fuente de esta villa de Villarrín, nombre como mayordomo de la ermita de Nuestra Señora de Falornia que dijo que por encargo a tal fin testificado un mandamiento del provisor general de la Iglesia de la ciudad de Astorga y que le manda celebre contrato con Jerónimo de Salazar pintor vecino de Astorga , yo el abad de Santiago de Peñalba y provisor General de la iglesia ciudad y obispado de Astorga, por la presente hago saber a vos el mayordomo que al presente sois  de la ermita de Nuestra Señora de Falornia de que es en el lugar de Villa Rin que ante mi Gerónimo de Salazar pintor de esta ciudad dice que hará a esta dicha ermita con su tabernáculo de talla y pintura…
Posteriormente el escrito, en algunos párrafos ilegibles,  dice que se haga un contrato  y se estipulan avales  y “excomunión sino se cumple el contrato, que siendo testigos y que se testifique este mandato en los seis días siguientes que se concierte al pintor”
Más adelante   se indica la notificación hecha por el escribano a Gerónimo Salazar “leí notifiqué este mandamiento de estas otras parte a Miguel Cordero mayordomo de Nuestra Señora de Falornia de la dicha villa el cual dijo que lo oiga estando presentes Pedro Cordero de Silos, Antón Calvo, Francisco Fernández vecinos de esta villa y en ello lo firma Mateo Abad”.
Dicho acuerdo lo hace extensivo para la posteridad y “obligue a todos los mayordomos del futuro”. Indica que se refiere a la ermita “los viernes y domingos “¿estaba abierta al público esos días?
El contrato establece una serie de requisitos ya indicados anteriormente de forma repetitiva, indicando que Gerónimo Salazar “o a quien su poder tuviere de la ciudad de Astorga los maravedís que fuese tasada la obra de pintura que hiciera la dicha imagen según la suerte y de forma y manera que la diere de echo la talla Lorenzo González vecino de Benavente según como contiene el contrato que dicho Lorenzo tiene echo de la dicha imagen de talla peana y tabernáculos”.
Según esta declaración la imagen había sido realizada por Lorenzo González y la pintura que debían dar, tenía que ajustarse a la talla.
Se requiere a instancias del provisor que la obra “ha de ser a la vista de los oficiales nombrados uno de parte de la ermita (sería el mayordomo o en quien delegara) y otro correspondería a Gerónimo Salazar (el pintor).
Se establece un plazo de seis meses para la ejecución de la obra “siendo requerido que venga a pintar y ha de venir a pintar a esta villa de Villaferrin y se le requieren y venga a pintar y no viniere dentro de quince días que se vuelva a buscar y el viaje que lo haga a su costa y se le ha de dar 50 ducados  y para comenzar dicha obra se le vayan dando dineros.”
Autoriza el provisor a que se hagan donativos “esmolas  si es menester para dicha obra y sustento”.
En caso de litigio entre las partes se someten a los tribunales de Astorga.
En el acto de la firma del contrato figura como testigo Francisco Gómez, cura párroco de Villarrín y Lucas Cuervo, también del pueblo. Manifiesta que firma Jerónimo Salazar, que Miguel Cordero no lo hace `porque no sabe. En la firma final sólo aparece la Mateo Abad (notario)
Posteriormente el propio escribano - en un texto añadido en la parte final del contrato- indica que hace  escrituras del mismo a las partes interesadas, donde reitera   que la obra consistía en pintar, dorar la imagen, peana y tabernáculo que había hecho el entallador de la villa de Benavente.

Observaciones con relación al vocablo Falornia

La palabra “Falornia” era conocida de esta forma o también “fallorna” , atribuyendo un significado de “farolillos o lámparas encendidas”.
Este  topónimo  aparece en un documento fechado el 11 de junio de 1162 se indica que “ Maria Juarez y María Romanez donan por el alma de sus maridos una heredad en Falornia al Monasterio de Moreruela (AHN, sección clero, carpeta 3549, documento 1)
De este "despoblado"- así aparece escrito en algunos documentos- se encuentran datos en el primer Padrón, refiriéndose a un beneficio mayor de los varios que existían en el pueblo.
Dicho beneficio en el año 1822, lo poseía D. Faustino Sánchez Arcilla, lego residente en Toro que percibía la mitad de los Diezmos de trigo, centeno, cebada y garbanzos.
En los diezmos del mismo, como en “los del término íntegro que llaman de Villarrín”, participan también y en menor escala, el párroco, el Cabildo de Astorga, y el Beneficiario Mayor, que tenía la obligación de residir y ayudar al párroco, recibiendo  además  “los corderos, lana, queso, pollos, vino y cerdos”.
 En algunas visitas pastorales, se habla de los cultos que se celebraban en las “Ermitas”, que se suponen que eran la de estos “despoblados”. (F. Trancón, 1990)

La acepción: “Nuestra Señora de Falornia”, no existe en el listado de advocaciones dedicadas a la virgen María en todo el territorio nacional.
En 1760 en la descripción de los Apeos del Curato de Villarrín, se consignan tierras propiedad de la “Ermita de Falornia”; sin  embargo, en la relación de diezmos de la Iglesia referidos a los años 1822-1826, la referencia se refiere a propiedades de “Nuestra Señora de Falornia”.
Posteriormente a estas fechas, se menciona en los distintos documentos el topónimo Falornia, ya que la ermita había desaparecido.
Según  referencias recogidas de una relación de la revista  nº 218 “Crédito Público” (Madrid, 14-9-822) bajo el título “Fincas procedentes del suprimido monasterio de San Bernardo de Moreruela, sitas en la villa de Villarrín de Campos, cuyo remate ha de celebrarse en Villalpando” (alude a la adquisición en pública subasta de los bienes procedentes de la desamortización),  se observa  referido al lugar de Falornia estas ubicaciones:
  • Reguero de Falornia
  • Prado de Falornia
  • Teso de Saldevernimio de Falornia
  • Salina de Falornia
Estos puntos de referencia indican que el término territorial de Falornia era amplio, con agua, partes llanas y otras elevadas

F. Trancón

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