sábado, 4 de febrero de 2017

CASA DEL MAYORDOMO 1802

Casa del mayordomo. Año 1802Juan Antonio Martín vecino de esta villa, ante v.m. en la mejor vía y forma que haya lugar en derecho, y sin perjuicio del que me competa del que protesto usar necesario siendo parezco criminalmente Francisco Prieto de la misma vecindad y contando el caso que de motivo a mi justa queja por relación verdadera, digo: que estando en la tarde del sábado inmediato que pasó que nos contamos 8 del presente mes de mayo después de haber venido con la procesión de Pajares, en la casa de la cofradía, digo del mayordomo de la cofradía de la Santa Vera Cruz junto todos los cofrades de la dicha cofradía , tratando y conferenciando  asuntos concernientes , y como entre ellos se ofreciese hablar acerca de la observancia de algunos de los capítulos de la Regla; sucedió que el acusado con poco temor de Dios y en menosprecio de la recta justicia que v.m. administra y en grave prejuicio de su alma, llevado de su genio intrépido y natural altivo, propenso a injuriar al prójimo y sin darle motivo alguno tuvo el valor de decir en voz alta : Calla embrollero que eres un embrollerón ! ( dos linea ilegible) Cogido y sacado fuera de dicha casa por los que allí estaban, se hubiera propasado a mas su osadía y atrevimiento y así acontecido, grave y enorme delito digno de prisión y castigo por lo cual para que se le imponga con arreglo a las leyes, autos acordados y pragmáticas de estos reinos, de modo que en lo sucesivo escarmiente y a otro sirva de ejemplo y freno en esta intención. A v. m. pido y suplico se sirva a bien habiendo por presentada esta mi justa queja por atenor a recibirme sumaria información de testigos que incontinenti ofrezco, a fin y efecto, de justificar lo referido y resultando de ella lo necesario y en la parte que baste, prender al susodicho y embargarlo sus bienes y por su auto o sentencia definitiva que en tal caso lugar haya imponerle las penas en que ha incurrido con la debida aplicación de las corporales en su persona; y pecunaria en sus bienes ..................


El documento original se halla en el Archivo Histórico Provincial de Zamora. Sección de Protocolos Notariales: Antonio Carriegos. Transcrito por Manuel Renau Sancho.


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