lunes, 20 de junio de 2022

EJECUCIÓN POR GRANOS FIADOS. Año de 1780

 

 En la villa de Villarrín de Campos a quince días del mes de diciembre de mil setecientos ochenta, ante mi el escribano y testigos infraescriptos, pareció presente Juan Calvo menor, vecino de ella y dijo: Que por cuanto en los veinte de abril de 1779, se hizo y trabó ejecución en la persona y bienes de Francisco Martínez, de esta propia vecindad, a instancia de D Josef Nuñez, vecino y regidor perpetuo de la villa de Benavente, por cuantía de tres mil quinientos sesenta y seis reales de vellón, procedidos de porción de granos fiados. En fuerza de despacho exhorto librado por sus Señoría el Sr D. Josef López de Oliver, del Consejo de S.M. su Alcalde del Crimen en la Real Chancillería de la ciudad de Valladolid. Y se omitió por entonces la fianza de Saneamiento que a ahora se le pide para proceder y continuar la misma ejecución por sus regulares trámites al mencionado Francisco Martínez, o que en su defecto se le pondrá en la cárcel: Por evitar este perjuicio, desde luego, el otorgante, cierto y sabedor de lo que le toca y pertenece, de su libre voluntad, sin fuerza ni apremio a ello le obligue, por la presente y su tenor en la mejor vía y forma  se constituía y constituyó fiador en la referida ejecución: Y como tal se obligaba y obligó a que los bienes ejecutados, de que tiene entera noticia son ciertos y bastantes para la paga de la mencionada cantidad y costas causadas, y que se causaren hasta conseguir el total reintegro: Como también que al tiempo del remate habrá postores en ellos, y caso que no, saneará el otorgante el total importe de principal y costas con los suyos, para lo cual los sujeta y obliga en toda forma: Y a este fin da poder a las Justicias de S.M. , especialmente a los Señores Gobernador y Alcaldes del Crimen de dicha Real Audiencia para que a ello le compelan y apremien como si fuese por Sentencia pasada en Juzgado: Con renunciación de su domicilio y demás Leyes de su favor con la general en forma: Ya se lo otorgó por firme ante mi el escribano. Siendo testigos Francisco Díez, Manuel Prieto y Agustín Ferreras, vecinos de esta villa. Y el otorgante que doy fee, conozco, lo firmó y firmé. Firman Juan Calvo y Antonio Carriegos.

    Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho

 

sábado, 11 de junio de 2022

VIDA DE LUIS TORANZO GÓMEZ. Año de 1807

 

  

   Año 1759 nació Luís hijo de Tirso Toranzo, nieto paterno Luis Toranzo y Ana Rosinos; y de Petrona Gómez, nieto materno de Alonso Gómez y Ana Aliste.

  Año 1785 matrimonio de Luís Toranzo hijo de Tirso Toranzo, difunto, y Petrona Gómez; con Catalina Roales hija de Bernardo Roales y Sebastiana de Aragón, difunta.

  Año 1786 nació Anselmo hijo de Luís Toranzo, nieto paterno Tirso Toranzo y Petrona Gómez; y de Catalina Roales, nieto materno Bernardo Roales y Sebastiana de Aragón.

  Año 1789 nació María hija de Luís Toranzo, nieta paterna Tirso Toranzo y Petrona Gómez; y de Catalina Roales, nieta materna Bernardo Roales y Sebastiana de Aragón.

Año 1789 nació Brígida hija de Luís Toranzo, nieta paterna Tirso Toranzo y Petrona Gómez; y de Catalina Roales, nieta materna Bernardo Roales y Sebastiana de Aragón.

Año 1789 murió la párvula Brígida hija de Luís Toranzo y Catalina Barbillo. Enterrada en el cuerpo de la Iglesia.

  Año 1792 nació Gregorio hijo de Luís Toranzo, nieto paterno Tirso Toranzo y Petrona Gómez; y de Catalina Roales, nieto materno Bernardo Roales y Sebastiana de Aragón.

Año 1793 murió el párvulo Gregorio hijo de Luís Toranzo y Catalina Barbillo.

  Año 1807 murió Luís Toranzo, viudo de Catalina Barbillo. Testó a Don Máximo Mazo, secretario. Herederos sus dos hijos Anselmo y María. Recibió todos los sacramentos. Sepultura 18 reales.

  Nota: Barbillo es el segundo apellido de Bernardo Roales.

  Archivo Parroquial de la Iglesia de Villarrín de Campos.

 

  Amortajado con el hábito de Nuestro Padre San Francisco, manda por su ánima 30 misas y de éstas una al Ángel de su Guarda, otra a la Peña de Francia y otra a la Virgen del Carmen.

  Curador adlitem Domingo Gómez, mayor; testamentarios Don Josef Flórez y Pedro Calbo.

  Año y día como en costumbre.

  Herederos Anselmo Toranzo y María Toranzo.

  Testigos Domingo Gómez menor, Alonso Gómez Blanco y Alonso Gómez Bueno vecinos de esta vecindad.

  En ella y septiembre 27 de 1807.

  Septiembre 29 1807

  Inventario de todos los bienes que quedaron por fin y muerte de Luis Toranzo, vecino que fue de esta villa, el que verifican Pedro Calbo, Don Josef Flórez testamentarios y tasadores con Manuel Rodríguez, perito nombrados por los interesados a presencia de Domingo Gómez, mayor, curador de los menores, al que se hace de la forma y manera siguiente:

  Primeramente la casa a donde viviendo moraba dicho Luís la tasaba en mil setecientos reales de vellón.

  Un escaño camero en veinte y cinco reales.

  Una arca con cerradura y llaves en cuarenta y cuatro reales.

  Un banco de respaldo de dos pies en diez reales.

  Un escaño viejo en ocho reales.

  Una mesa con dos cajones en castaño en cincuenta reales.

  Una arca grande nueva con su cerradura y llave en setenta reales.

  Un manteo de estameña verde en cincuenta reales.

  Una camisa de lienzo del difunto en veinte y dos reales.

  Otra de Anselmo en catorce reales.

  Un justillo de lienzo nuevo en ocho reales.

  Una camisa de mujer en diez y seis reales.

  La atadera de cama con su encordeladura en veinte y ocho reales.

  Un jergón en treinta y seis reales.

  Una colcha o cobertor de lana en cuarenta y cuatro reales.

  La delantera de lienzo en seis reales.

  Una almohada en su funda en diez reales.

  Una sábana de lienzo usada en catorce reales.

  Una manta de estameña en veinte y seis reales.

  Una clavera con cuatro escarpias en cuatro reales.

  Un cazo de azofar en cuatro reales.

  Una sartén de tres pies chica en tres reales.

  Un asador en dos reales.

  Una ralladera en dos reales.

  Una cuchar de alquimia en dos reales.

  Dos fuentes y un salero en seis reales.

  La loza de la cocina y casa en dos reales.

  Seis fanegas de trigo a 22 reales cada una ciento treinta y dos reales.

  Carga y media de barbecho de dos vueltas a treinta reales cada vuelta  de carga en noventa reales.

  Cuatro carros de paja en cuarenta reales.

  Un cerdo para entrar en ceba en trescientos reales.

  Dos gallinas en diez reales.

  Una vaca de tres años con cría nueva en cuatrocientos cuarenta reales.

  Un pilón para comer cerdos en cuatro reales

Protocolo Notarial del escribano Máximo Mazo conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.


Manuel Renau Sancho




sábado, 4 de junio de 2022

HIJUELA DE DOÑA MARÍA ÁLVAREZ. Año de 1799

 

  Luego inmediatamente, el mismo Sr. Alcalde asistido de Don Francisco Javier Flórez, Manuel Rodríguez Cuerdo y Josef Carneros expertos nombrados para el justiprecio, liquidación y entrega de bienes y alhajas con que se ha de satisfacer los cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro reales y diecisiete maravedís de vellón que monta la hijuela de Doña María Álvarez, mujer legítima de Antonio Vallecillo. Con el asocio de mi el escribano se pasó a la casa de Don Bernardo Álvarez, hermano mayor y curador que lo ha sido de la insinuada Doña María, y habiéndole encontrado en ella le requirió su merced pusiese de manifiesto los bienes y alhajas que obtiene en su poder pertenecientes al ha de haber de la citada su hermana, u otras equivalentes de la misma especie, para su justiprecio y adjudicación, bajo la responsabilidad de daños y perjuicios; y habiendo obedecido prontamente tasaron, regularon y adjudicaron los siguientes:

  Lo primero dos cuartos de casa descubiertos en el casco de esta villa que lindan con otra de Alonso Calvo y calles del Concejo en doscientos veinte reales.

  Item unos suelos de casa de horno inmediatos a la mencionada casa tasados en cuarenta reales.

  Un buey llamado el Pájaro en cuatrocientos veinte reales.

  Un novillo de dos a tres años en trescientos reales.

  Un pollino de tres años en doscientos y veinte reales.

  Una cortina para forraje a las Eras Grandes y linda a la redonda con campo del Concejo en cuatrocientos reales.

  Diez cargas y media de tierra sembrada de trigo que a razón de veinte ducados cada una importan dos mil trescientos diez reales.

  Otras tres cargas y fanega y media de tierra sembrada de cebada a razón de trece ducados carga que suman cuatrocientos setenta y nueve reales.

  Un carro herrado en doscientos y diez reales.

  Cinco pesebres de madera en ciento veinte y cinco reales.

  Una pila de piedra quebrada en seis reales.

  Dos trillos con sus cambos en ochenta reales.

  Dos viendas en cinco reales.

  Una sábana de lienzo y una colcha en ciento y ocho reales.

  Una madera de cama torneada con su cordeladura en treinta y seis reales.

  Un jergón de estopa con su delantera de indiana en cuarenta y ocho reales.

  Una manta nueva de Palencia en sesenta reales.

  Otra sábana de estopilla en cuarenta reales.

  Y en este estado la parte del antedicho Don Bernardo Álvarez a presencia de su merced el referido señor Alcalde, la de los expertos nombrados y la de mi el escribano expresó al mencionado Antonio Vallecillo como conjunto de Doña María Álvarez, que también se hallaba presente, diciendo que si buenamente y por vía de recompensa de la curaduría, le dejaba la mitad de los cuatrocientos cincuenta y cuatro reales del resto de los cinco mil del importe de la hijuela: la entregaría de contado en buena moneda usual y corriente los cinco mil doscientos veinte y siete reales y diecisiete  maravedís de vellón que con otros doscientos veintisiete reales que dejaba era el total importe de dichos cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro reales y diez y siete maravedís de la hijuela; y habiendo condescendido gustoso el insinuado Vallecillo, con beneplácito de la dicha su mujer: a pronto, y puso de manifiesto la explicada cantidad en las monedas de oro y plata siguientes:

  En ocho doblones de a ocho: dos mil quinientos y sesenta reales.

  En tres de a ochenta: doscientos y cuarenta reales.

  En seis de a cuarenta: doscientos y cuarenta.

  Y en pesos duros, medios y pesetas con algún vellón: Dos mil ciento y sesenta y siete reales y diecisiete maravedís.

  Que todas dichas partidas hacen la suma de los mencionados cinco mil doscientos veinte y siete reales y diecisiete maravedís vellón, según el convenio que habían hecho y celebrado; los cuales contó y pasó a su parte y poder realmente y con efecto el memorado Antonio Vallecillo y otorgó a favor del dicho Don Bernardo Álvarez carta de pago y recibo en forma. Y lo firmó con su merced el referido Sr Alcalde y expertos nombrados, y no el Don Bernardo porque dijo ..." no saber.Y en fe de ello yo el escribano"

    Protocolo Notarial del escribano Antonio Carriegos conservado al Archivo Histórico Provincial de Zamora.

 Manuel Renau Sancho