domingo, 22 de agosto de 2021

REEDIFICACIÓN DE LA IGLESIA DE VILLARRÍN DE CAMPOS (1764)

 

REEDIFICACIÓN DE LA IGLESIA DE VILLARRÍN DE CAMPOS (1764)

(Francisco Trancón Pérez)

Introducción

No se sabe desde cuando se efectuó la primera edificación  de la iglesia. En la carta de Transformación de la imagen del Santo Cristo, se indica que en 1460 ya existía el templo.(Extracto de la Transformación del Cristo, carta fechada en 1786, dirigida por el párroco de Villarrín, informando a D. Bernardo Espinat, Valencia. Carta original del archivo parroquial del Villarrín y recogida en en el libro Enigma del Cristo de los Afligidos, Ediciones Monte Carmelo, 2010, páginas, 69-74)

En octubre de 1596 figura como relacionado como sacerdote en calidad de “cura propio” de la parroquia de Villarrín, D. Juan del Puerto que ejerció su ministerio desde el citado año hasta 1633.

Gómez Moreno (Catálogo Monumental de la provincia de Zamora, 1927, página 310) indica erróneamente que la iglesia es del siglo XVIII, calificándola “sin mérito arquitectónico”, entendemos que no la observó en su integridad.

Para consultar más información sobre el edificio, véase Trancón Pérez, Francisco, Villarrín en la Tierra de Campos, Diputación provincial de Zamora, 1990, páginas 99-102.

Otros datos sobre este tema se comentan en el libro Enigma del Cristo de los Afligidos, op. cit.  páginas 246-249.

Durante el siglo XVIII fue objeto de reforma, aunque no existen documentos que confirmen este aspecto.

En una investigación efectuada en el Archivo Diocesano de Astorga (ADA) he tenido la oportunidad (diría suerte) de encontrar unos documentos, con el título Reedificación de la Iglesia de la iglesia de Villarrín de Campos, 1764, (legajo número 72)

El conjunto lo constituyen seis cartas en las que se detallan- con mucha precisión- diferentes aspectos relacionados con la reedificación centrados en reclamar y corregir una serie de imperfecciones observadas en las obras realizadas y reclamaciones efectuadas por el cura de Villarrín, cuyo contenido lo reseñamos a continuación.

El estilo narrativo de las cartas es un tanto difícil de comprender, ya que emplea términos técnicos utilizados en la arquitectura de aquella época, y conceptos jurídicos complejos.

A pesar de lo indicado, el lector podrá discernir el contenido. En la trascripción se ha respetado la ortografía de los documentos analizados.

 Documento 1

 Fecha: 17-02/ 1764

Digo yo Gaspar Lopez Maestro de obras de la Santa Yglesia Cathedral de Astorga que aviendo sido llamado por el Señor D. Marcos Hernandez Gil Cura Parroco de  Villarrin  que mida y tase la obra que se ha executado y la que falta que hacer para la conclusión en la Yglesia Parroquial y aviendo a executar dicha medida y tasazion, por lo que aviendo medido los cimientos de las quatro pilastras de la Capilla mayor y cimientos del presbiterio piedra lavrada albañilería de las dichas quatro pilastras, arcos toxales, caja quadrada, estrivos,paredes al presbiterio,cornisas, tapias de tierra, armaduras,tejados y ahuja de la capilla mayor; y aviendo dado sus datos correspondientes a cada clase de obra de las dichas alla arriba hallo vale todo lo expresado diez y ocho mil doscientos ochenta y quatro reales de vellon, previniendo que en dicha cantidad ha de ser de quentas del Maestro que ha executado dicha obra. Sentar las cornisas exteriores en la capilla del Santisimo Christo , hacer tejado de dicho presbiterio, dexar rematados todos los texados, y capillas y cuerpo de la Yglesia, dexando cerrado parte del arco toral que arrima a dicho cuerpo de Yglesia dexar revocada la arbañileria,tapia de tierra de toda la obra por la parte exterior como asimismo se aya de mazizar de fabrica de arbañileria el hueco que hay entre una de las pilastras y pared de la ya dicho cuerpo de yglesia, pues todos estos reparos inclusos y valuados en los dichos diez y ocho mil doscientos ochenta y quatro reales de vellón.

Asimismo se ha valuado y medido lo que falta por hazer que es la media naranja, Anillo, pechinas, Bobeda del Presbiterio con sus lunetas cornisas donde arrancan los arcos torales, guarniciones, jarraos y blanqueos dexando todo bien rematado lo que importa toda esta obra seis mil reales de vellón  que juntos con los diez y ocho mil doscientos ochenta y quatro reales de vellón importan toda la obra veinte quatro mil doscientos ochenta y quatro reales de vellón.

Se previene que rematada que este se aya de reconocer por Maestro perito su seguridad y hermosura que es quanto se me ofrece decir y para que conste lo firmo siendo de hedad de 49 años en Villarrin y Febrero diez y siete de mil setezientos sesenta y cuatro. Firmado y rubricado Gaspar Lopez

Documento 2

9-4-1764

Resumen debido a su complejidad

Marcos Hernández Gil, cura párroco de Villarrín de Campos, solicita asesoramiento sobre las obras de reforma de la Iglesia, cuyo trabajo está realizando Francisco de Pablos (maestro de obras) a Gaspar López, maestro de obras de la Santa Iglesia Catedral de Astorga.

Una vez efectuado el estudio pertinente, el citado maestro de obras encuentra las siguientes carencias, defectos o trabajos no efectuados con la precisión y corrección necesaria que deben ser corregidos

1º Arreglo de la capilla mayor, de forma que las paredes colaterales de las capillas del Cristo y de la Virgen viniesen lineales con las pilastras donde cargan los dos arcos torales que dividen el presbiterio y cuerpo de la iglesia y se aumente el grosor de los estribos de dichas paredes en una vara

   Que las pilastras donde cargan los arcos torales son arrimaderos contra la obra antigua con dos piezas de muro y aunque el maestro dice que sacó diferentes piedras de la obra antigua para introducir la fabrica moderna no entiendo que esto sea la mejor seguridad por ser obra diferente una de otra.

 En Las paredes sobre las que cargan los arcos de las entradas de las dos capillas del Christo y de la Virgen han construido unos arcos de ladrillo y tenía que haber hecho los arcos de modo que hubiera cogido el pie de la pilastra dejándolo todo atado y sobre ellos cargar las pechinas y la media naranja y no cargar sobre arcos fabricados que estos no pueden mantener el peso del otro como los arcos de rosca.

Tercero que los mencionados arcos torales no debían subir mas que la altura de las paredes de las dichas capillas del Christo y están muy por encima.

Conclusión (cita textual del documento)

La obra por las razones expresadas entiendo que están expuestas a ruina este es mi parecer salvo mejor dictamen y parecer soy del sentir se nombre un Maestro Perito en la profesión para que la reconozca y de sus declaración.

 Por lo correspondiente a las paredes del presbiterio, estas se hallan con seguridad por lo que yo dicho Gaspar Lopez habiendo reflexionado mas sobre dicha obra he formado otro juizio muy diferente en su poca seguridad por cuya razón en ningún tiempo se le de balidazion en juicio ni fuera deel a la fecha de diez y siete de febrero que es cuanto se me ofrece decir para descargo de conciencia siendo de hedad de quarenta y nuebe años.Lo que juro ante una cruz. Los reparos que se me ofrecen y ban expuestos donde convenga lo firmo en Astorga a nuebe de Abril de mil setenzientos y sesenta y quatro. Firmado y rubicado. Gaspar Lopez

Documento 3

5/5/1764

El Fiscal General eclesiastico de este obispado defensor de las obras y causas pias ante vuestra merced digo que a llegado a mi la noticia que estandose trabajando en la obra de la Yglesia y Capilla de VillaRRin de Campos por D. Marcos Hernandez Gil, cura de dicha villa se llamo para el reconocimiento a D. Gaspar Lopez Maestro de obra en la Santa Yglesia Catedral de esta ciudad quien haviendola visto dio sus dictamen firmado por lo pronto y mas bien reflexionado y conocido segun ante ha escrito a el espresado cura para que de ninguno de los modos permita segun dicha obra aunque sea reconocida por otro Maestro o Maestros peritos pero no lo conforme a su arte y hallose espuesta a ruyna como se acredita de la declaración jurada y firmada que escribió al predicho cura de que con el debido Juramento haga exibicion; atento  lo qual y que el conocido daño se la tiene escrito perjuicio de la yglesia y santuario a vuestra merced suplico reservad manda librar despacho para que sobresea en dicha obra con grabes penas y censuras  de dicha villa para que no permita trabajar en la obra asta que por vuestra merced se encargue de a conocer al Maestro con esta carta y proceder por los daños y costas con la que aia lugar en justicia que pido y juro en Astorga a cinco de maio de mil setezientos sesenta y cuatro. Firmado y rubricado Marcos Gonzalez

Documento 4

13-4-1764

En la villa de Villarrin de Campos a trece días del mes de Abril de mil setecientos sesenta y cuatro ante mi Bernardo Roales  Varbillo Notario afin a lo que se contendrá a instancia de Francisco Pablos Maestro que esta construyendo la obra en la Yglesia Parrochial de esta villa parecio el que dijo llamarse Francisco Castellote Maestro de obras del mui Ylustre Ayuntamiento de la Ciudad de Vitoria y bajo juramento que hizo de su expontanea voluntad a Dios mio señor y una señal de Cruz.Dijo que habiendo sido llamado de orden del nominado Francisco Pablos de esta de Villarrin afin de ver y reconocer la expresada obra y tenido efecto con vista asimismo de una declaración  dada por su merced Gaspar Lopez Maestro de la Santa Yglesia Cathedral de la ciudad de Astorga y estar mui arreglada a la dicha obra y expresión de la que falta de acabar y haverse dado por satisfecho el Sr. D. Marcos Hernandez Gill cura de la parrochial de esta obra soy de parecer según mi entender el que los seis mil reales de vellón se arreglen y reparen en tres plazos yguales como es costumbre dando a mayor  abundamiento un fiador a satisfacción de dicho señor cura y mayordomo de fabrica bien entendido que los tres plazo el uno luego que la lobra prosiga, el otro a su mediazion y el ultimo concluida que sea y dada por buena según el arreglo y condiciones  que es cuanto tiene que decir salvo otro mejor parezer y asi lo declaro bajo este juramento que dijo ser de quarenta y nuebe años poco mas o menos fírmalo e yo el Notario a pedimento de dicho Francisco Pablo.

Juan Castellote. En testimonio de verdad Bernardo Roales Barbillo. Notario

Documento 5

13-4-1764

Digo yo Francisco Castellote Maestro de obras del mui ilustre Aiuntamiento de la ciudad de Zamora que por este abono afianzo a Francisco Pablos asimismo el tal Maestro de obras en razón de la cantidad de seis mil reales de vellón últimamente regulados para acabar de finalizar lo que esta haciendo en la Yglesia Parrochial de esta villa de Villarrin obligándome en forma con persona y vienes a que dicha cantidad será bien entregada conforme a los plazos que se hallan arreglados en declaración que tengo echa con fecha en este dia y en caso de que en la referida cantidad resultase alguna quiebra al el Señor Parrocho de dicha Yglesia a su mayordomo pena de excomunión y costas lo contrario haciendo para que asi conste lo firmo en esta villa de Villarrin y Abril treze de mil setezientos sesenta y quatro. Francisco Castellote

Documento 6

2-6-1764

Juan Antonio Fernandez Roble en presencia de Marcos Hernandez Gill cura de la villa de Villarrin de Campos ante vuestra merced como mas convenga y parezco y digo que por tener necesidaz de reedificarse la Yglesia Parrochial obtubo la correspondiente licencia a este fin y seguro en la execucion estando como esta practicada la maior parte restando solo algunos particulares que están regulados en la cantidad de seis mil reales de vellón lo que ha de proseguir y concluir Francisco Pablos maestro a cuio  cargo y no obstante esto pareze aser que ordenado el fiscal del obispado se ha pedido se suspenda la obra en que ello ocurra motivo justo para ello y también de hacerlo se sigue perjuicio por la detención de Maestros y oficiales al ser tiempo oportuno y no poderse hazer en otro y mediante que esta reconocida y aprobada con declaracion de lo que resta se nezesita a la conclusión por D. Gaspar Lopez de las costas y tardanzas, segun resulta de la declaración firmada de su puño y letra presento y juro con otra declaracion de Castellote Maestro del Muy ilustre Ayuntamiento de Zamora presente Bernardo de Roales notario escribano y vecino de Villarrin que corrobora lo dicho D. Gapar manifestando el resto de seis mil reales y arreglando de modo como se deben entregar y en tres plazos el primero luego que la obra prosiga el segundo al medio deella y el tercero y ultimo al conclui. Declarados que sea por buena segun un arreglo y condizion obligandose a ello como es deber que el papel que hizo y firmo tambien presento juramento que convenza, dando despacho para que prosiga el Maestro de obras hasta ebacuarla. Dos de junio de mil setezientos sesenta y cuatro. Firmado Francisco Robles

Documento 7

14-6-1764

El fiscal general de este obispado defensor de las obras pias ante vuestra merced como mas dia y lugar comparezco y digo que en los cinco de Maio próximo pasado por mi se presenta ante vuestra merced una Certificacion Jurada y firmada por D. Gaspar Lopez Maestro de obras que lo es en la San Yglesia de esta ciudad y copia de una carta escripta por dicho D. Gaspar del Cura de la Villa de Villaerrin de Campos y el contenido de la certificacion que por mi pedimento fue expuesto en cuia atencion fue servido mandar librar despacho para sobrseer en la oytra que en dicha Yglesia ai pendiente y del cura para que no permitiese continuar en ella y posteriormente por Juan Antonio Fernandez Robles prior en nombre del expresado Cura se ocurrio en los dos del presente mes e hizo presentacion de testimonio voluntario y papel simple de abonos a favor del Maestro que esta executando la dicha obra dada por el expresado D. Gaspar cuios papeles respecto de la que por mi esta presentada son y deven tenerse por de ningun labor ni efecto asi por lo quede ellos rresulta como por tratarse aqui deel perxuizio en la continuidad en la obra si el reconocimiento necesario se seguira a dicha Yglesia antento loqual  y que por el decreto al pedimento de Robles no esta mandado suspender dicho despacho a su merced suplico se sirva mandar  nombrar para ser libre con menores penas multa y censura para que el xpresado Maestro y Cura cesen en la obra y nombren Maestro Perito preocupandose para que con el que su merced fue servido nombrar paren y reconozcan con la dicha obra y depongan con juramento a lo condicionado en la expresada y de interin no se de ni engtregue caudal alguno al  maestro executor de ella que asi es ordenado lo que pido con costas. Juro lo necesario. Firmado Licenciado Tomas.

Vistos y en su visita librese en que yo para que aga saber que al termino del segundo dia nombre Maestros Peritos inteligentes y vean y reconozcan la obra que se motiva en estos autos y bajo de juramento aclaren sus estado y firmeza y si lo operado esta con arreglo en condiciones y remate dicha obra y en el interin que lo referido se lo executa prestasmente y proteste en su visita lo que aia a lugar suspenda en la prosecuion en la dicha obra con facultad reconocida  de nombrar perito y en el omiso y tercero en caso de discordia asi lo proveo  mando y firmo.

Firmado: Antonio Lorenzo y Rodriguez Prior y Vicario de la Ciudad de Astorga en ella ante mi a catorce de Julio de mil setezientos sesenta y quatro. D. Lorenzo

Ante mi Marcos Gonzalez. En Astorga diez y siette de dicho mes. Firmado Gonzalez

La documentación analizada es incompleta. No se sabe cómo finalizó todo el proceso, suponemos que fue de forma satisfactoria, pero falta verificar que fue así.




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